MODIFICA RESOLUCIÓN N° 164, DE 2017, DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Núm. 14.- Santiago, 23 de mayo de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 41, letra c), de la ley N° 20.529, sobre el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el artículo 41 del DFL N° 1-19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 61, letra a) y 84, letra a), del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto exento N° 48, de 2019, del Ministerio de Educación; en la resolución N° 164, de 2017, de la Agencia de Calidad de la Educación, y en las resoluciones N°s. 1.600, de 2008, 10 y 18, de 2017, todas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que la ley N° 20.529 creó a la Agencia de Calidad de la Educación, servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
2. Que, el artículo 41, letra c), de la ley N° 20.529, faculta al Secretario Ejecutivo de la Agencia de Calidad de la Educación para delegar en funcionarios de la institución las funciones y atribuciones que estime convenientes.
3. Que, mediante la resolución N° 164, de 8 de septiembre de 2017, tomada razón por la Contraloría General de la República con fecha 29 de septiembre de 2017, se delegaron diversas facultades en los funcionarios que allí se señalan.
4. Que, se ha estimado necesario delegar otras facultades, para lo cual procede modificar la resolución indicada en el considerando precedente.
5. Que, en atención a lo señalado en el artículo 1° N° 4 de la resolución N° 10, de 2017, de la Contraloría General de la República, se someterán al trámite de toma de razón "los actos en cuya virtud se disponga la invalidación, modificación o revocación de actos sometidos al trámite de toma de razón".
Resuelvo:
1° Modifícase el numeral 1 del resuelvo N° 1° de la resolución N° 164, de 2017, de la Agencia de Calidad de la Educación, en el sentido de agregar la siguiente letra v), correspondiente a una nueva facultad delegada en la Jefatura de la División de Administración General:
"v) Dictación de actos administrativos que autorizan jornadas de trabajo del personal de la Agencia.".
2° Modifícase el resuelvo N° 1° de la resolución N° 164, de 2017, de la Agencia de Calidad de la Educación, en el sentido de agregar el siguiente numeral 5:
"5. En las Jefaturas de División o quien las reemplace, la facultad de resolver descargos, a través del medio que determine el Servicio, y dictar actos administrativos que apliquen multas por incumplimiento de obligaciones contractuales, a los proveedores con los cuales la Agencia ha contratado adquisición de bienes y/o la prestación de servicios".
3° En todo lo no modificado por el presente instrumento, rige íntegramente la resolución N° 164, de 2017, de la Agencia de Calidad de la Educación.
4° La presente resolución comenzará a regir a contar de la fecha de su total tramitación.
5° Notifíquese este documento a las Divisiones, Departamentos, Unidades y Oficinas Macrozonales de la Agencia de Calidad de la Educación.
6° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, una vez que haya sido tomada razón por la Contraloría General de la República.
Anótese, tómese razón, publíquese y notifíquese.- Juan Bravo Miranda, Secretario Ejecutivo (S), Agencia de Calidad de la Educación.