AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 760 exento.- Santiago, 17 de abril de 2019.
Visto:
El oficio FN N° 141/2019, de 06.02.2019, del Fiscal Nacional del Ministerio Público; lo dispuesto en los artículos 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974, y sus modificaciones; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
La naturaleza de las funciones que la Constitución Política de la República y la ley le han encomendado al Ministerio Público y, en particular, a las Fiscalías Regionales y Locales, las que deben realizarse frecuentemente en días y horas inhábiles,
Decreto:
Artículo primero: Autorízase la circulación en horario inhábil y en días sábado en la tarde, domingo y festivos a los vehículos arrendados y asignados al uso en Fiscalías de la Región de Ñuble, que se individualizan a continuación:
1.- Unidad Regional de Atención a Víctimas y Testigos
Vehículo : Camioneta
Marca : Chevrolet
Modelo : NEW D MAX 2.5
Año : 2018
Motor : SB1510
Chasis : MPATFS86JJT003226
Color : Blanco
I.N.R.V.M. : KJYB.28-1
Patente : KJYB.28
2.- Fiscalía Regional de Ñuble
Vehículo : Camioneta
Marca : Toyota
Modelo : Hilux D CAB 2.4
Año : 2018
Motor : 2GDC347948
Chasis : MR0EB8DDXJ0611636
Color : Blanco
I.N.R.V.M. : KLVT.66-6
Patente : KLVT.66
Color : Blanco
I.N.R.V.M. : KLVT.66-6
Patente : KLVT.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.