Artículo 2°. Resolución 1065 EXENTA,
ECONOMÍA
Art. N° 2 i
D.O. 02.09.2026El Comité tendrá los siguientes objetivos:
ECONOMÍA
Art. N° 2 i
D.O. 02.09.2026El Comité tendrá los siguientes objetivos:
a) Promover la cultura de la innovación empresarial en el país, ya sea financiando acciones, realizando o apoyando estudios, programas o proyectos, en alianza con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
b) Cofinanciar iniciativas y/o proyectos que ayuden a generar innovación productiva o empresarial, orientados a la generación, validación y/o adopción de nuevas soluciones, tecnologías, procesos, productos y servicios, que contribuyan al aumento de la productividad, la competitividad y la diversificación productiva del país.
c) Cofinanciar la ejecución de iniciativas destinadas al desarrollo y fortalecimiento de capacidades para conducir I+D+i en el sector empresarial, que contemplen actividades habilitantes como la incorporación de capital humano especializado, la difusión y absorción tecnológica, y la incorporación de nuevas metodologías de gestión de innovación, entre otras.
d) Fomentar la inversión en investigación y desarrollo (I+D) empresarial como un medio para promover la innovación y dinamizar el sector productivo.
e) Promover la llegada a mercado, nacional e internacional, de las iniciativas apoyadas, buscando incrementar el impacto económico y productivo de la innovación desarrollada en Chile.
f) Colaborar en la generación y fortalecimiento de redes y conexiones, entre personas, empresas e instituciones, públicas o privadas, chilenas o extranjeras, con el fin de generar mejores condiciones para el desarrollo, validación y escalamiento de la innovación productiva o empresarial en el país.
g) Generar y promover instancias de articulación y colaboración entre empresas y actores del ecosistema de innovación, y de visibilización de casos destacados de innovación y su impacto.
h) Ejercer las demás facultades y cumplir los demás objetivos y obligaciones que la ley o el Consejo de Corfo le encomiende.