Artículo 5°. Serán atribuciones del Consejo Directivo, sesionando en Pleno:

    a) Proponer al Vicepresidente Ejecutivo de Corfo la adopción de planes o políticas destinadas a la promoción del desarrollo y la innovación tecnológica para fines productivos o empresariales en el país, como, asimismo, la organización que estime necesaria para esto.
    b) Resolución 1065 EXENTA,
ECONOMÍA
Art. N° 2 ii, b)
D.O. 02.09.2026
Aprobar iniciativas de apoyo a la innovación productiva o empresarial, a la inversión en investigación y desarrollo (I + D), y a la difusión y absorción tecnológica para la innovación, identificando el problema y/o desafío a resolver y la estrategia general de intervención. Resolver fundadamente las solicitudes de asignación de recursos a proyectos, programas o acciones específicas de apoyo a la innovación productiva, cuya naturaleza, fines, magnitud y/o impacto, ameriten su revisión en Pleno, de conformidad a las bases que rijan el instrumento en particular.
    c) Supervisar y evaluar la implementación de sus distintos planes o políticas. Para estos efectos, podrá proponer estrategias y acciones específicas, como la contratación de consultorías y auditorías externas, entre otras.
    d) Resolución 1065 EXENTA,
ECONOMÍA
Art. N° 2 ii, c)
D.O. 02.09.2026
Autorizar la celebración y modificación de convenios de colaboración y de cooperación, con entidades, públicas y privadas, nacionales y extranjeras, que comprometan aportes de dinero por parte del Comité.