MODIFICA RESOLUCIÓN N° 223, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO, QUE FIJA VÍAS CON CARÁCTER DE EXCLUSIVAS PARA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA Y RURAL EN LAS COMUNAS DEL GRAN CONCEPCIÓN

    Núm. 405 exenta.- Concepción, 20 de agosto de 2019.
    Visto:
    Lo dispuesto en la ley N° 18.059; los artículos 2, 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290, de Tránsito; las resoluciones exentas N° 223, de 18 de noviembre de 2005, N° 254, de 26 de julio de 2013, N° 150, de 21 de abril de 2014, N° 385, de 11 de septiembre de 2014, y N° 317, de 21 de agosto de 2015, todas de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, que fijaron vías con carácter de exclusivas para la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana, interurbana y rural en las comunas de Concepción, Chiguayante, Talcahuano, San Pedro de la Paz y Coronel; los oficios ordinarios N° 12.772, de 7 de diciembre de 2017, y N° 3.906, de 30 de abril de 2018, ambos del Servicio de Vivienda y Urbanización, Serviu, Región del Biobío; el memorándum N° 099-2019, de 13 de marzo de 2019, del Coordinador de la Unidad de Transporte Público Regional, Región del Biobío, Subsecretaría de Transportes, que adjunta Informe Técnico sobre el Corredor Centralizado para el Transporte Público en Concepción y Hualpén; la resolución N° 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.
    Considerando:
    1° Que, el artículo 2 N° 38 del DFL N° 1, de 2007, citado en el visto, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
    2° Que, por resolución exenta N° 223, de 18 de noviembre de 2005, esta Secretaría Regional Ministerial, fijó vías con carácter de exclusivas para la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana y rural en las comunas de Concepción, Chiguayante y San Pedro de la Paz. Posteriormente, dicha norma fue modificada por las resoluciones exentas N° 254, de 2013, N° 150, de 2014, N° 385, de 2014, y N° 317, de 2015, también de esta repartición pública.
    3° Que, se ha recibido oficio ordinario N° 12.772, del 7 de diciembre de 2017, del Jefe de Departamento Técnico de Construcciones y Urbanización de Serviu Región del Biobío, dirigido al Alcalde de la comuna de Concepción, donde se realiza la entrega al Municipio de Concepción de las obras ejecutadas del Corredor de Transporte Público 21 de Mayo de Concepción, para la correspondiente mantención.
    4° Que, se ha recibido ordinario N° 3.906, de 30 de abril de 2018, del Jefe de Departamento Técnico de Construcciones y Urbanización de Serviu Región del Biobío, dirigido a la Alcaldesa de la comuna de Hualpén, en virtud del cual se formaliza la entrega de las obras "Corredor de Transporte Público Talcahuano-Concepción: Tramo Los Copihues-Avenida Alessandri, Tramo 4B", para el correspondiente cuidado y mantención.
    5° Que, según Informe Técnico del Coordinador de Transporte Público Regional, Región del Biobío, Subsecretaría de Transportes, estas obras benefician a ambas comunas, ya que generan una pista adicional por sentido, segregada y exclusiva para el tránsito de los buses, disminuyendo así los tiempos de viaje, especialmente en horas punta, donde las pistas de transporte privado están a capacidad en algunos tramos. Asimismo, el referido Informe indica que en la actualidad dichas obras se encuentran en estado de finalizadas y dispuestas para su uso, operación y formalización como vía exclusiva mediante resolución del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    6° Que, por lo anterior, esta autoridad considera la existencia de una causa justificada en los términos dispuestos en el artículo 113 de la Ley de Tránsito, para establecer la medida de gestión de tránsito que se resuelve en el presente acto administrativo, en el sentido de modificar la aludida resolución exenta N° 223, de 2005, de esta Secretaría Regional, incorporando como pista de uso exclusivo la vía indicada, en los tramos, sentidos y servicios que se señalan, para las comunas de Concepción y Hualpén, en los términos previstos en el artículo 2, numeral 38, de la Ley de Tránsito.
    7° Que, atendido a lo anterior, es procedente modificar la resolución exenta N° 223, de 2005, de esta Secretaría Regional Ministerial.
    Resuelvo:

    1° Modifíquese la resolución exenta N° 223, de 18 de noviembre de 2005, de esta Secretaría Regional Ministerial, reemplazándose el resuelvo 1° por el siguiente:
    "1° Establécese la medida de gestión de tránsito en las comunas de Concepción, Chiguayante, San Pedro de la Paz, Coronel, Talcahuano y Hualpén, denominadas pistas exclusivas para el transporte público y privado, consistente en un conjunto de pistas de uso exclusivo para la circulación de buses de transporte público y privado remunerado de pasajeros en servicios urbanos, rurales e interurbanos, servicios de taxis colectivos urbanos de la comuna de Coronel, de acuerdo a la siguiente tabla ordenadora:
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    Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control; y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados".
    2° En todo lo no modificado se mantiene íntegramente vigente la resolución exenta N° 223, de 2005, de esta Secretaría Regional Ministerial.
    3° La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Jaime Aravena Selman, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Biobío.