AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
Núm. 1.637 exenta.- Santiago, 23 de septiembre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90°, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo N° 136 de 2004, del Ministerio de Salud; Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17° del decreto ley N° 828 de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley N° 19.419, modificada por la ley N° 20.105 y ley N° 20.660; y lo establecido en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de productos de tabaco de la marca Esse Change, en su variante del mismo nombre (cajetillas de 20 cigarrillos), por la empresa Kortabaco Chile SpA, RUT N° 76.939.872-4.
2. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es favorable.
3. Que, la empresa solicitante cumple los requisitos del ecreto ley N° 828 de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.
4. Que, la letra d), del artículo 17°, del decreto ley N° 828 de 1974, del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la obtención de una resolución del Ministerio de Salud, para que dichos productos puedan ser extraídos de la aduana o de las fábricas, según corresponda.
5. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la empresa Kortabaco Chile SpA, para la comercialización en el país de los productos de tabaco de la marca Esse Change, en la variante y formato señalados en la presente resolución, por cuanto se da cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente.
Anótese y publíquese.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud.
Transcribo para su conocimiento resolución Ex. N° 1.637, de 23-09-2019.- Saluda atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.