Artículo 9º.- Órganos o Instituciones participantes. Integrarán esta plataforma, por el solo ministerio de la ley, el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile, Gendarmería de Chile y el Poder Judicial.
Asimismo, conforme a su normativa orgánica y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 20.931, integrarán también el BUD Operativo: el Decreto 65,
JUSTICIA
Art. único Nº 4 a), b) y c)
D.O. 08.07.2024Servicio Nacional de Migraciones; el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Servicio de Registro Civil e Identificación; el Servicio Nacional de Menores; la Dirección General de Movilización Nacional y la Dirección General del Territorio Marítimo. La integración de estas instituciones aplicará a sus continuadores legales.
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Art. único Nº 4 a), b) y c)
D.O. 08.07.2024Servicio Nacional de Migraciones; el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Servicio de Registro Civil e Identificación; el Servicio Nacional de Menores; la Dirección General de Movilización Nacional y la Dirección General del Territorio Marítimo. La integración de estas instituciones aplicará a sus continuadores legales.
Las instituciones participantes deberán regir su actuar conforme el principio de coordinación, en virtud del cual, el Administrador y las instituciones participantes deberán cumplir sus funciones coordinadamente, de manera colaborativa y propender a la unidad de acción.