AUTORIZA COLECTA PÚBLICA A VOLUNTARIADO DAMAS DE AMARILLO SAN VICENTE DE PAUL DEL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE LA SERENA
Núm. 1.573 exenta.- La Serena, 24 de septiembre de 2019.
Visto:
- Las leyes Nros. 10.262 y 16.436, que regulan la autorización de colectas públicas, rifas y sorteos;
- La Ley Nº 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado;
- La Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional;
- El decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que aprobó el Reglamento de Colectas, Rifas y Sorteos;
- El decreto supremo Nº 969, de 1975 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que redistribuyó en los Intendentes la facultad de firmar las resoluciones que autoriza colectas públicas, rifas y sorteos;
- En el decreto supremo Nº 418 de 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
- La resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República;
- La circular Nº 37, de 23 de octubre de 2006, de la Subsecretaría del Interior;
- El oficio circular Nº 265, de 14 de noviembre de 2006, de esta Intendencia;
- Resolución Nº 8.431 del 26 de octubre de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
- La carta solicitud de fecha 13 de septiembre de 2019 que solicita autorización de colecta pública al Voluntariado Damas de Amarillo San Vicente de Paul del Hospital San Juan de Dios de La Serena.
Resuelvo:
1.- Autorízase a la Institución: Voluntariado Damas de Amarillo San Vicente de Paul del Hospital San Juan de Dios de La Serena, para realizar Colecta Pública Regional, el día martes 15 de octubre de 2019, en la comuna de La Serena.
2.- La recaudación de esta colecta serán destinados a comprar los insumos del año (útiles de aseo, pañales, ropa interior, té, azúcar, etc.) que son entregados de forma gratuita a los pacientes hospitalizados.
3.- La organización y realización de la colecta estará a cargo de la persona que a continuación se individualiza:
María Loreto González Aliaga, Presidenta del Voluntariado Damas de Amarillo San Vicente de Paul del Hospital San Juan de Dios de La Serena.
4.- Las erogaciones serán recibidas en alcancías enumeradas y controladas por la Intendencia Regional, y los solapines deberán llevar el nombre de la Institución beneficiaria o su distintivo.
5.- El acto de apertura de las alcancías tendrá lugar, día y hora que la Intendencia Región de Coquimbo, acuerden con los representantes de la Institución responsables de la realización de esta colecta, debiendo levantarse un Acta en la que consta el número de alcancías empleadas y el monto de los dineros recaudados. Esta Acta deberá ser firmada por los mandatarios de la Institución, y por un representante de la Intendencia Regional, Ministro de fe Sra. Jennifer Mercado Leppe remitiéndose una copia al Departamento de Pensiones de Gracia, Rifas, Sorteos y Colectas del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
6.- La Institución beneficiaria, dentro del plazo de 60 (sesenta) días contado desde la fecha de realización de la colecta, deberá presentar un informe detallado de los ingresos obtenidos en ella y de su inversión.
7.- El incumplimiento de las normas que regulan la realización de colectas por parte de la institución beneficiaria, será causal suficiente para denegar en el futuro otra autorización similar, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal en que pudiera incurrir.
8.- Publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de S.E. el Presidente de la República, Lucía Pinto Ramírez, Intendenta Región de Coquimbo.