OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CAPA 4 SpA

    Santiago, 10 de junio de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 136.

    Vistos:

    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
    c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 95.678 de 28.06.2018, complementado mediante ingreso Subtel N° 146.872 de 05.10.2018.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:


    Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Capa 4 SpA, RUT Nº 76.467.733-1, con domicilio en San Antonio N° 385, piso 5, oficina 503, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un nodo ubicado en San Antonio N° 385, oficina 503, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.
    2. El servicio se suministrará mediante facilidades propias o de terceros debidamente autorizados.
    3. La zona de servicio corresponde al territorio nacional.
    4. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:


    5. El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    6. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.