REVOCA RECONOCIMIENTO OFICIAL Y ELIMINA DE REGISTRO DE INSTITUTOS PROFESIONALES A LA INSTITUCIÓN QUE SE INDICA
    Núm. 1.122 exento.- Santiago, 23 de octubre de 2019.
    Considerando:
    Que, el Instituto Profesional La Araucana de la ciudad de Santiago, ha sido autorizado a funcionar en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 5 de 1981, mediante decreto exento Nº 191, de 5 de diciembre de 1988, rectificado por decreto exento Nº 9, de 19 de enero de 1989 y modificado por decreto exento Nº 292, de 11 de junio de 1993, todos de Educación e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 32, organizado por la Sociedad Instituto Profesional La Araucana S.A.;
    Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 112 del DFL Nº 2 de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;
    Que, bajo el sistema de examinación ante el Ministerio de Educación, la institución obtuvo la aprobación para impartir las carreras de: Contador Auditor, Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas, e Ingeniería de Ejecución en Administración de Recursos Humanos. Posteriormente, bajo el sistema de acreditación del Consejo Superior de Educación, obtuvo, la aprobación para impartir las carreras de: Ingeniería de Ejecución en Computación e Informática, Ingeniería de Ejecución en Administración financiera, Ingeniería de Ejecución en Marketing e Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas mención Fomento Empresarial;
    Que, mediante acuerdo Nº 134/98, de 29 de octubre de 1998, del Consejo Nacional de Educación, el Instituto Profesional La Araucana, obtuvo su plena autonomía, en virtud de lo cual amplió su funcionamiento abriendo 13 sedes ubicadas en: La Serena, Viña del Mar, Melipilla, San Antonio, Quilicura, San Bernardo, Curicó, Los Ángeles, Concepción, Osorno, Temuco, Puerto Montt y Castro; impartiendo las carreras de: Administración Logística, Administración  de Recursos Turísticos, Administración de Servicios Gastronómicos, Admistración de Sistemas Logísticos, Administración de de Ventas, Administración de Organización de Salud, Administración Jurídica y Gestión Legal, Administración y Soporte de Redes, Alimentación y Nutrición, Alimentación y Dietética, Alimentos, Asistente de Educación Diferencial, Asistente de Educación Parvularia y Básica, Asistente de Párvulos Nivel 1 y 2, Comercio Exterior, Computación e Informática, Contabilidad General, Dibujo Técnico Arquitectónico, Gestión de Servicio Público, Gestión de Documentación y Bibliotecología, Gestión de Sistemas de Calidad Industrial, Hotelería y Turismo, Ingeniería de Acuicultura, Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas m/ Fomento Empresarial, Ingeniería de Ejecución en Gestión Informática, Ingeniería de Ejecución en Gestión Pública, Ingeniería en Alimentos, Ingeniería en Comercio Internacional, Ingeniería en Construcción, Ingeniería en Construcción m/ Edificación, Ingeniería en Criminalística, Ingeniería en Gestión de Empresas, Ingeniería en Gestión de Marketing, Ingeniería en Gestión Financiera, Ingeniería en Gestión de Recursos Humanos, Ingeniería en Logística, Ingeniería en Prevención de Riesgos, Ingeniería en Redes y Telecomunicaciones, Ingeniería en Servicios Ecoturísticos, Ingeniería en Sistemas Multimedia e Internet, Ingeniería Industrial, Ingeniería Industrial m/ Medio Ambiente, Ingeniería Industrial m/ Refrigeración y Climatización, Nutrición y Dietética, Operador de Máquinas de la Industria de la Madera, Operaciones Mineras, Preparación Física, Prevención de Riesgos, Producción de Sistemas Multimedia e Internet, Producción y Gestión de Eventos, Producción Gastronómica, Psicopedagogía, Publicidad, Publicidad m/ Creación Gráfica Audiovisual, Redes y Telecomunicaciones, Relaciones Públicas de Negocios, Relaciones Públicas y Corporativas Salud de Peces, Secretariado Bilingüe en Gestión Empresarial, Secretariado Ejecutivo Computacional, Secretariado Gerencial, Servicio Social, Técnico en Acuicultura m/ Producción de Peces, Técnico en Administración de Recursos Turísticos m/ Ecoturismo, Técnico en Agroindustria, Técnico en Alimentos, Técnico en Construcción, Técnico en Educación Especial, Técnico en Educación Parvularia y Educación General Básica, Técnico en Enfermería, Técnico en Farmacias, Técnico en Gestión de Negocios Agrícolas, Técnico en Gestión Financiera, Técnico en Informática, Técnico Producción de Peces, Técnico en Servicio Social, Técnico Jurídico, Técnico Laboratorista, Técnico Psicosocial, Técnico Superior en Redes y Telecomunicaciones, y Ventas y Negociación Comercial;
    Que, el Instituto Profesional La Araucana se encuentra acreditado por la Comisión Nacional de Acreditación por un período de dos años, desde el 26 de abril de 2017 hasta el 27 de abril de 2019, en las áreas de Gestión Institucional y de Docencia de Pregrado;
    Que, con fecha 5 de enero de 2018, el Rector del Instituto Profesional informa a la División de Educación Superior la decisión de cerrar su proceso de admisión de alumnos nuevos en el año 2018, con el objetivo de focalizar su atención únicamente en la continuidad de los estudios de los actuales estudiantes hasta el término de sus carreras, para lo cual, la institución informó sobre la suscripción de un convenio de colaboración con el Instituto Profesional AIEP, que les daría la opción a los actuales alumnos matriculados en dicha institución, la opción para seguir su formación en dicha entidad;
    Que, mediante Ord. Nº 06/288, de 29 de enero de 2018, la División de Educación Superior solicitó al Instituto Profesional un plan de cierre programado, con un listado de carreras por sede, nómina de alumnos en proceso que continuarían en el Instituto Profesional La Araucana y nómina de estudiantes en proceso de titulación 2018, cuya respuesta fue recibida con fecha 28 de febrero de 2018. Posteriormente, con fecha 26 de septiembre de 2018, la institución presentó a la División de Educación Superior, un informe sobre el avance del proceso de cierre programado, considerando los convenios de colaboración suscritos, los avances del proceso académico de los estudiantes que continuaron en la institución y un análisis futuro del funcionamiento del Instituto Profesional. En este contexto, la institución informó al Ministerio de Educación que iniciará un proceso de revocación del reconocimiento oficial previsto y regulado en el artículo 74, del DFL Nº 2, de 2010, de Educación;
    Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 74, del DFL Nº 2, de 2009,  de Educación, el Ministerio de Educación mediante Ord. Nº 06/2011, de 28 diciembre de 2018, solicitó al Consejo Nacional de Educación, el acuerdo adoptado por mayoría de sus miembros en sesión convocada para ese solo efecto, escuchada la entidad afectada, para resolver la solicitud de cierre voluntario y revocación del reconocimiento oficial del Instituto Profesional La Araucana.
    Que, la decisión sobre el cierre del Instituto Profesional La Araucana se fundamenta en problemas de índole financiero. En el año 2017, el nuevo Directorio y la administración del Instituto Profesional La Araucana logró subsanar los problemas administrativos y financieros que la institución arrastraba, obteniendo los recursos necesarios para seguir impartiendo los servicios educacionales solo para los actuales estudiantes. Es por esta razón, que la institución decide cerrar el proceso de admisión para alumnos nuevos el año 2018, focalizando su atención y recursos únicamente en la continuidad de estudios actuales estudiantes hasta el término de sus carreras. En este contexto, la institución solicitó al Ministerio de Educación que iniciara el proceso de revocación del reconocimiento oficial previsto y regulado en el artículo 74 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación;
    Que, en el informe presentado por el Instituto Profesional La Araucana al Consejo Nacional de Educación, señaló que la pérdida de la acreditación el año 2016 (la que fue otorgada en 2017 mediante un recurso de reposición) generó un impacto importante en la matrícula total de estudiantes en todas sus sedes. Es así como en el año 2016 la matrícula fue de 18.740 estudiantes; el año 2017 de 12.335 y el año 2018 de 2.062 estudiantes en proceso, por cierre de matrícula de nuevos alumnos;
    Que, en relación con el registro académico y curricular, el Instituto Profesional informó que cuenta con resguardo de los datos históricos de matrícula (103 mil estudiantes), tanto de manera digital (sistema U+) como física (carpetas);
    Que, respecto la situación de adecuación curricular, la institución informó que se llevó a cabo en dos modalidades: Por una parte, se efectuó una adecuación curricular interna, mediante la cual se implementó un Plan Académico Modular (PAM) en el año académico 2018, que permitió realizar un avance curricular equivalente a dos semestres regulares (18 semanas) en seis meses. Se informó que la totalidad de los 1.703 estudiantes vigentes al segundo semestre del año 2018 aceptaron la propuesta de modularización. Por otra parte, se efectuó una adecuación externa por medio de la cual se vincularon las mallas curriculares del Instituto Profesional La Araucana con las de otras instituciones con el fin de dar continuidad de estudios a los alumnos en una nueva institución sin que estos vieran afectados sus avances curriculares. Estas instituciones son: el Instituto Profesional AIEP, IP Santo Tomás, el IP de Chile, el IP Esucomex, el IP CIISA y la Universidad de Las Américas;
    Que, por otra parte, la institución informó respecto de posibles reincorporaciones, que en el año 2018 se ingresaron 600 solicitudes de reincorporaciones de estudiantes eliminados del registro por diversas causas facilitando con ello la culminación de estudios. Durante el mes de enero de 2019 se desarrolló un proceso de reincorporación para egresados, lo que permitió que 145 estudiantes completaran su proceso de título;
    Que, en relación con la difusión del cierre, la institución informó que durante enero y febrero de 2018 se realizaron reuniones informativas para aclarar el proceso de cierre y asesorar a los estudiantes, funcionarios y docentes. Además, fue informado a la opinión pública mediante el envío de un comunicado de prensa a los distintos medios nacionales. A su vez, se envió carta informativa, y se realizaron reuniones con autoridades ministeriales, regionales y comunales, con la finalidad de informar sobre todo el proceso que la institución estaba llevando a cabo;
    Que, respecto de la finalización de procesos, el Instituto Profesional La Araucana informó que, en agosto de 2019 se estima el egreso de totalidad de estudiantes;
    Que, en cuanto al personal administrativo y cumpliendo obligaciones, el Instituto Profesional informó que tuvo que realizar una racionalización del personal que significó la desvinculación de cerca de 300 colaboradores en el año 2018, efectuadas con apego a la legislación laboral. Agregó en su informe que, al cierre del ejercicio 2018 en materia de indemnización se encuentran provisionados 1.638 millones de pesos y que estos montos están siendo aportados por la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana;
    Que, respecto del equipamiento e infraestructura y recursos para el proceso de enseñanza, la institución informó que cuenta con 13 sedes en ocho regiones a lo largo del país. En el proceso de ajuste para el cierre programado se consideró un traslado de la operación a dependencias de Caja de Compensación La Araucana, salvo en el caso de Viña del Mar sede que cerró su operación académica en marzo de 2019. Además, el Instituto Profesional señaló que cuenta con el equipamiento y recursos de aprendizaje necesarios para el proceso de enseñanza, a pesar de que este 2019 se ha iniciado el proceso de liquidación de bienes;
    Que en cuanto a la estimación financiera para el proceso de cierre, el Instituto Profesional informó que el proceso de cierre planificado para el año 2019 implicó la confección de un presupuesto que atendiera la totalidad de necesidades asociadas al proceso académico, el que se estima finalice en agosto de 2019. Los recursos necesarios para hacer frente a las obligaciones y la operación 2019 se encuentran definidos en un Acuerdo de Reorganización Judicial de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Lo anterior supone que el aporte total autorizado por la Junta de Acreedores de la Caja La Araucana asciende a $11.000 millones de pesos. Los montos aportados y flujo de los mismos, permite, por una parte, sustentar la operación académica del Instituto Profesional La Araucana y, por otra, hacer frente a los pasivos y obligaciones que mantiene la institución;
    Que, los criterios de evaluación para procesos de cierre, contenidos en la resolución Nº 94, de 26 de abril de 2017, del Consejo Nacional de Educación, son aplicados con énfasis diferenciados conforme al alcance institucional, de sede o carrera del proceso, y carácter voluntario o no del proceso. Además, tratándose de instituciones autónomas, como en este caso, se utilizan como aspectos a considerar, en lo pertinente, para el análisis y pronunciamiento del Consejo. Lo anterior tiene como foco evaluar los aspectos que sean claves para desarrollar un proceso de cierre razonable que vele por la continuidad y finalización de estudios de los alumnos y que vele por sus derechos;
    Que, en sesión extraordinaria de fecha 24 de abril de 2019, el Consejo Nacional de Educación escuchó a las autoridades del Instituto Profesional La Araucana;
    Que, dada la expresa manifestación de voluntad de cierre del Instituto Profesional La Araucana y el análisis de los documentos que se han tenido a la vista junto con los demás antecedentes de la institución, a juicio del Consejo Nacional de Educación, se ha dado pleno cumplimiento a la obligación legal de escuchar a la entidad afectada por la renovación del reconocimiento oficial, según lo dispuesto en el artículo 74 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación;
    Que, todo lo expuesto en los considerandos que conforman el cuerpo de este decreto, lo dispuesto en el DFL Nº 2, de 2009, de Educación, constituyen a juicio del Consejo Nacional de Educación, antecedentes suficientes para tener por constituida la causal para solicitar la revocación del reconocimiento oficial del Instituto Profesional La Araucana establecida en el artículo 74, letras a) y d) del DFL Nº 2 de 2009, de Educación, dado que la entidad ha manifestado expresamente su decisión de no perseverar en los fines propios de la institución y, en consecuencia, de no continuar otorgando títulos profesionales de aquellos que no requieran licenciatura, y títulos técnicos de nivel superior;
    Que, mediante oficio Nº 240/2019, de 14 de mayo de 2019, el Consejo Nacional de Educación cumple con manifestar al Ministerio de Educación su conformidad con la solicitud de cierre y revocación del reconocimiento oficial del Instituto Profesional La Araucana;
    Que, en virtud de la ley Nº 21.091 y de acuerdo a lo dispuesto en artículo 74 del DFL Nº 2, de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1, de 2005, procede dictar el acto administrativo correspondiente.
    Visto:
    Lo dispuesto en el artículo 74 del DFL Nº 2 de 2009, de Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de julio de 2010, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005; en la ley Nº 21.091 sobre Educación Superior del Ministerio de Educación; en el DFL Nº 3 de 2019 del Ministerio de Educación que fija la planta y establece otras materias de la Subsecretaría de Educación Superior; en el DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto exento Nº 191, de 5 de diciembre de 1988, rectificado por decreto exento Nº 9, de 19 de enero de 1989 y modificado por decreto exento Nº 292, de 11 de junio de 1993, todos de Educación; en el oficio Nº 240/2019, de 14 de mayo de 2019, la resolución exenta Nº 142, de 6 de mayo de 2019 y el acuerdo Nº 54/2019, de 24 de abril de 2019, todos del Consejo Nacional de Educación, y en la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República.
    Decreto:

    Artículo 1º: Revócase el reconocimiento oficial del Instituto Profesional La Araucana, organizado por la Sociedad Instituto Profesional La Araucana S.A., y elimínase a dicho Instituto Profesional del Registro correspondiente en que se encuentra inscrito con el Nº 32, ubicado en Ejército Nº 32, de la ciudad de Santiago.

    Artículo 2º: Deróganse los decretos exentos Nº 191, de 5 de diciembre de 1988, rectificado por decreto exento Nº 9, de 19 de enero de 1989 y modificado por decreto exento Nº 292, de 11 de junio de 1993, todos de Educación, que autorizaron el funcionamiento de la institución y los decretos exentos Nº 191, de 3 de julio de 1992; Nº 397, de 2 de septiembre de 1994; Nº 596, de 5 de diciembre de 1994; Nº 253, de 4 de marzo de 1997; y Nº 372, de 3 de marzo de 1998; que aprobaron los planes y programas de estudios de las carreras profesionales para el Instituto Profesional La Araucana.



    Artículo 3º: Lo dispuesto en los artículos precedentes regirá a partir del 31 de diciembre de 2019, con el objeto de permitir la finalización de los procesos académicos pendientes de los alumnos de la institución.

    Artículo 4º: El Ministerio de Educación arbitrará las medidas pertinentes que permitan custodiar la seguridad e integridad de los registros académicos de los alumnos del Instituto Profesional y su posterior entrega a esta Secretaría de Estado.

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial con cargo al Ministerio de Educación.- Por orden del Presidente de la República, Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Juan Eduardo Vargas Duhart, Subsecretario de Educación Superior.