MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.820 EXENTA (V. Y U.), DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN PRÁCTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA
    Santiago, 30 de octubre de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.464 exenta.
    Visto:
    El DS N° 114 (V. y U.), de 1994, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9°; la resolución exenta N° 1.820 (V. y U.), de 2003, y sus modificaciones, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
    Considerando:
    a) Los últimos acontecimientos sociales de conocimiento público acaecidos en parte de las regiones y comunas del país a partir del día viernes 18 de octubre del presente año y que se mantienen a la fecha, que han afectado y continúan impactando, de forma significativa el normal desarrollo de la gestión del sector público en los niveles comunal, regional y nacional y, especialmente a nivel de barrios y sectores habitacionales.
    b) La realización del 29° Proceso de Selección de Proyectos, cuya fecha de cierre de recepción de postulaciones fue fijada para los días 15 y 30 de octubre del presente año, en los Serviu y en las Seremi, respectivamente.
    c) Las solicitudes efectuadas tanto por diversas Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, como por Servicios de Vivienda y Urbanización y Municipalidades respecto de la necesidad de ampliar el plazo de cierre de recepción de postulaciones en las Seremi, dada la importante cantidad de postulaciones aún en etapa de revisión, atención de observaciones y/o validación técnica por parte de los Servicios.
    d) Que las postulaciones deben dar integral cumplimiento a los requisitos y documentación de respaldo establecidos en la normativa que regula el Programa, lo que implica la previa coordinación y gestión entre Comités de Pavimentación, Municipalidades, Serviu y Seremi, la que se ha visto enormemente dificultada y entorpecida por los acontecimientos ya señalados.
    e) Que, atendido que el actual calendario del 29° Proceso de Selección de proyectos establece como hito de término la publicación con fecha 30 de diciembre de 2019 de la lista definitiva de proyectos seleccionados, su postergación afectaría las gestiones a realizar por el sector público durante el mes de enero, que implica llevar a cabo múltiples informes y dar cuenta del cumplimiento de diversas metas comprometidas, dicto la siguiente
    Resolución:

    1.- Modifícase la resolución exenta N° 1.820 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, en el sentido de agregar el siguiente nuevo artículo 18° transitorio:
    "Artículo 18° transitorio: Durante el año 2019 la recepción de postulaciones municipales en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo para participar en el 29° Proceso de Selección de Proyectos tendrá como fecha de cierre el día viernes 15 de noviembre de la presente anualidad.".
    2.- En todo lo demás la resolución exenta N° 1.820 (V. y U.), de 2003, y sus modificaciones, permanece vigente.

    Anótese, publíquese y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.