MODIFICA DECRETO Nº 178, DE 2015, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE ESTABLECE ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 2º AÑO MEDIO EN ASIGNATURAS QUE INDICA

    Núm. 256.- Santiago, 26 de agosto de 2019.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 614, de 2013, del Ministerio de Educación, que establece las Bases Curriculares de 7º año básico a 2º año medio, en asignaturas que indica; en el decreto Nº 178, de 2015, que establece Estándares de Aprendizaje para 2º año medio de las asignaturas de matemática y lenguaje y comunicación: lectura; en el oficio ordinario Nº 47/2019, de 12 de agosto de 2019, de la Coordinadora Nacional de la Unidad de Currículum y Evaluación del Ministerio de Educación; en la resolución exenta Nº 232/2019 que ejecuta el acuerdo Nº 083/2019, ambos del Consejo Nacional de Educación; y en las resoluciones exentas Nº 7 y Nº 8, ambas de 2019 y de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1º.- Que, en conformidad con el artículo 4º de la ley Nº 20.529, los Estándares de Aprendizaje referidos a los objetivos generales establecidos en la ley y en las respectivas Bases Curriculares, definirán los conocimientos, habilidades y actitudes que se espera alcancen los alumnos en diversas etapas del proceso educativo;
    2º.- Que, dicha ley dispone en su artículo 7º, inciso primero, que, corresponderá al Presidente de la República, cada seis años, mediante decreto supremo dictado por intermedio del Ministerio de Educación, establecer, entre otras materias, los estándares de aprendizaje contemplados en dicha ley;
    3º.- Que, con fecha 17 de julio de 2019, mediante el ordinario Nº 40/2019, el Ministerio de Educación presentó a consideración del Consejo Nacional de Educación la propuesta de adecuación de los Estándares de Aprendizaje para 2º año medio, correspondiente a las asignaturas de Matemática y Lectura;
    4º.- Que, la referida actualización se justifica debido a la necesidad de contar con estándares de aprendizaje alineados al currículum vigente, que se constituyan como una herramienta pedagógica que permita entregar sentido a los resultados de la prueba Simce, Sistema de Medición de la Calidad de la Educación, realizando con ello la correspondiente ordenación de establecimientos educacionales;
    5º.- Que, el Consejo Nacional de Educación, mediante resolución exenta Nº 232, que ejecuta el Acuerdo Nº 83/2019, comunica la decisión acordada por la unanimidad de sus miembros presentes y, en ejercicio de sus facultades legales aprueba las descripciones de los Estándares de Aprendizaje para 2º año medio presentada por el Ministerio de Educación en las asignaturas de Matemática y Lenguaje, que los adecua a las Bases Curriculares vigentes.

    Decreto:

    Artículo único: Modifícase el decreto Nº 178, de 2015, del Ministerio de Educación, en el sentido que se pasa a indicar:

    ADECUACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE
    2º MEDIO:
    MATEMÁTICA Y LECTURA

    UNIDAD DE CURRÍCULUM Y EVALUACIÓN
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN

    IMPORTANTE

    En el presente documento se utilizan de manera inclusiva términos como "el docente", "el estudiante", "el profesor", "el alumno", "el compañero" y sus respectivos plurales (así como otras palabras equivalentes en el contexto educativo) para referirse a hombres y mujeres.
    Esta opción obedece a que no existe acuerdo universal respecto de cómo aludir conjuntamente a ambos sexos en el idioma español, salvo usando "o/a", "los/las" y otras similares, y ese tipo de fórmulas supone una saturación gráfica que puede dificultar la comprensión de la lectura.

    ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 2º MEDIO MATEMÁTICA

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    Estándares de Aprendizaje
      Matemática 2º medio

    DEFINICIÓN

    Nivel de Aprendizaje Adecuado

    Los estudiantes de 2° medio que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Adecuado han adquirido de manera satisfactoria¹ los conocimientos y habilidades matemáticos definidos en el Currículum vigente para el periodo evaluado(²).
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran que comprenden conceptos y procedimientos básicos(³) de números, álgebra y funciones, geometría y probabilidad y estadística propios del periodo.
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(¹)  Se considera este Nivel "satisfactorio" en relación con el estado actual de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes del país. Esto significa que los estudiantes han consolidado algunos de los aprendizajes considerados fundamentales, pues permiten transitar hacia aprendizajes más complejos. El logro satisfactorio no implica necesariamente alcanzar todos los Objetivos de Aprendizaje que estipula el Currículum vigente, ya que los Niveles son pasos o escalones intermedios por los que los estudiantes transitan hacia alcanzar lo que propone dicho Currículum y que permiten evaluar qué tan cerca o lejos están de conseguirlo.
(²)  El periodo evaluado corresponde a los cursos de 7º básico a 2º medio.
(³)  Son aquellos conceptos y procedimientos que son prerrequisitos para construir conocimientos más complejos del mismo curso o de cursos superiores.

Asimismo, generalmente muestran que son capaces de aplicar dichos conocimientos y las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar en situaciones directas y en problemas rutinarios en los que se requiere seleccionar datos, organizar la información o establecer un procedimiento apropiado.

    Nivel de Aprendizaje Elemental

    Los estudiantes de 2º medio que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Elemental han adquirido de manera parcial los conocimientos y habilidades matemáticos definidos en el Currículum vigente para el periodo evaluado.
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran que comprenden conceptos y procedimientos elementales de números, álgebra y funciones, geometría y probabilidad y estadística propios del periodo evaluado y de cursos anteriores. Asimismo, generalmente muestran que son capaces de aplicar dichos conocimientos y las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar en situaciones directas y en problemas rutinarios, con enunciados breves, en que los datos, conceptos y operación a utilizar se desprenden de forma directa.

    Nivel de Aprendizaje Insuficiente

    Los estudiantes de 2° medio que se ubican en el Nivel de Aprendizaje Insuficiente no logran los aprendizajes requeridos para alcanzar el Nivel de Aprendizaje Elemental.
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran escasa evidencia de que comprenden los conceptos y procedimientos elementales de números, álgebra y funciones, geometría, y probabilidad y estadística propios del periodo evaluado; asimismo, demuestran un escaso dominio de las habilidades matemáticas de resolver problemas, representar, modelar y argumentar. Por lo general, solo logran aplicar algunos conocimientos y habilidades en situaciones directas y en problemas que se han practicado extensamente y que ofrecen algún tipo de mediación y apoyo.

    REQUISITOS MÍNIMOS DE MATEMÁTICA 2º MEDIO

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                ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE PARA 2º MEDIO
                                                LECTURA


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    Estándares de Aprendizaje
    Lectura 2º medio

    DEFINICIÓN

    Nivel de Aprendizaje Adecuado

    Los estudiantes de 2º medio que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Adecuado han desarrollado las habilidades de comprensión lectora(5) definidas en el Currículum vigente para el periodo evaluado(6).
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran evidencia de que, al leer una variedad de textos literarios y no literarios apropiados para 2º medio, son capaces de: localizar y obtener información explícita en un texto cuando ella no está destacada o se encuentra entre información de carácter similar; establecer relaciones entre información que se encuentra en distintas partes del texto; realizar interpretaciones en situaciones que pueden ser poco familiares y/o que requieren comprender el texto en su conjunto cuando hay que discriminar entre ideas que compiten; y reflexionar sobre lo leído para resolver tareas de evaluación que dan cuenta de una comprensión global del texto.
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(4)  Este requisito mínimo tiene el mismo contenido que el de Nivel Adecuado, pero se diferencia en que el tipo de problemas que deben resolver los estudiantes corresponde a los que describe el encabezado del Nivel Elemental.
(5)  Se entiende por habilidades de comprensión lectora a las habilidades de localizar y obtener información, relacionar e interpretar y reflexionar.
(6)  El periodo evaluado corresponde a los cursos de 7° básico a 2° medio.

    Nivel de Aprendizaje Elemental

    Los estudiantes de 2º medio que alcanzan el Nivel de Aprendizaje Elemental han desarrollado de manera parcial las habilidades de comprensión lectora definidas en el Currículum vigente para el periodo evaluado.
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran evidencia de que, al leer una variedad de textos literarios y no literarios apropiados para 2º medio, son capaces de: localizar y obtener información explícita fácil de encontrar, pues está destacada o hay poca información similar; establecer relaciones evidentes, ya sea porque la información se encuentra cercana o el tema o situación es familiar para los estudiantes; realizar interpretaciones en situaciones familiares a partir de claves evidentes del texto; y reflexionar sobre lo leído para resolver tareas simples de evaluación que requieren conectar información puntual del texto con sus conocimientos previos, cuando dichas tareas refieren a temas o situaciones familiares.

    Nivel de Aprendizaje Insuficiente

    Los estudiantes de 2º medio que se ubican en el Nivel de Aprendizaje Insuficiente no logran los aprendizajes requeridos para alcanzar el Nivel de Aprendizaje Elemental.
    En la prueba Simce, estos estudiantes muestran escasa evidencia de que, al leer una variedad de textos literarios y no literarios apropiados para 2º medio, son capaces de localizar información explícita fácil de encontrar, realizar interpretaciones y relaciones evidentes y reflexionar sobre aspectos puntuales de lo leído.

    REQUISITOS MÍNIMOS DE LECTURA 2º MEDIO

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(7)    Se espera que los estudiantes de 2º medio trabajen con una variedad de textos literarios (poesía, teatro, narrativa y ensayo en los que se incluye, por ejemplo, obras del Romanticismo y del Siglo de Oro, cuentos latinoamericanos modernos y contemporáneos, romances, comedias teatrales) y no literarios (textos informativos, argumentativos, textos de los medios de comunicación y aquellos que complementan y contextualizan las obras literarias en los que se incluye, por ejemplo, columnas de opinión, cartas, discursos, noticias, reportajes, propaganda o crónicas), sean textos continuos o discontinuos.
La complejidad de tales textos debe ser adecuada para 2º medio, según los criterios de forma (extensión de oraciones, uso de subordinaciones y estructura) y contenido (abstracción de los temas y léxico utilizado) que plantean las Bases Curriculares.
   
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    Anótese, tómese razón y publíquese.- ANDRÉS CHADWICK PIÑERA, Vicepresidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica

    Cursa con alcances el decreto Nº 256, de 2019, del Ministerio de Educación

    Nº 28.210.- Santiago, 30 de octubre de 2019.

    Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, mediante el cual se modifica el decreto Nº 178, de 2015, del Ministerio de Educación, Mineduc, que establece estándares de aprendizaje para 2º año medio en las asignaturas que indica, por encontrarse ajustado a derecho.
    Lo anterior, en el entendido que los estándares de aprendizaje materia del acto en estudio se han adecuado de conformidad a lo preceptuado en el artículo 7º, inciso tercero, de la ley Nº 20.529, esto es, con ocasión del cambio curricular acontecido en el año 2018 para 2º año de educación media en las asignaturas de matemáticas y lectura, anualidad en que se implementaron por primera vez los planes y programas de estudio para dicho nivel -acorde a lo dispuesto en el artículo 4º del decreto Nº 1.264, de 2016, del Mineduc- elaborados de acuerdo a las bases curriculares fijadas por el decreto Nº 614, de 2014, del Mineduc.
    Luego, corresponde indicar que conforme a lo dispuesto en el artículo 7º, inciso final, de la ley Nº 20.529, debe entenderse que los nuevos estándares de aprendizaje fijados por el documento de la suma tendrán una duración de seis años, sin perjuicio de lo previsto en el inciso tercero de dicho precepto legal.
    Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe.

    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.

    A la señora
    Ministra de Educación
    Presente.
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(8)  Se entenderá por familiar aquellos elementos como estructura, tema, situación, lenguaje, que los estudiantes conocen debido a su experiencia escolar, a sus experiencias previas de lectura o a su experiencia cotidiana del mundo. Estos textos, situaciones, temas y expresiones apuntan a referentes comunes y compartidos por estudiantes de esta edad.