MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.884 EXENTA (V. Y U.), DE 2019, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA Y DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EN LAS REGIONES QUE INDICA Y FIJA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

    Santiago, 6 de noviembre de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.513 exenta.
    Visto:
    a) El DS Nº 27 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo señalado en el artículo 22, numeral 1);
    b) La resolución exenta Nº 152 (V. y U.), de 2019 y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2019, para el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;
    c) La resolución exenta Nº 1.884 (V. y U.), de 2019, mediante la cual se llama a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, en las regiones que indica y fija la distribución de recursos;
    d) Las resoluciones exentas Nos 2.277 y 2.334 (V. y U.), ambas de 2019, que modifican la resolución exenta consignada en el Visto anterior, en el sentido de ampliar los plazos correspondientes a los procesos y fases del llamado a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, debido a las fallas que se presentaron en el sistema computacional, y
    Considerando:
    La necesidad de ampliar el plazo de digitación y habilitación de las postulaciones, de presentación de proyectos y su revisión y calificación, del llamado a postulación de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, efectuado mediante la resolución exenta Nº 1.884 (V. y U.) de 2019, a fin de asegurar la completa asignación de los recursos, dicto la siguiente:
    Resolución:

    1. Modifícase el resuelvo 2 de la resolución exenta Nº 1.884 (V. y U.), de 2019, y sus modificaciones, en el sentido de sustituir los plazos de las letras a., b., c., d. y e. establecidos en él, por los siguientes:
    a. Digitación de las postulaciones: desde el 23 de septiembre al 18 de octubre de 2019.
    b. Habilitación de las postulaciones: desde el 21 de octubre hasta el 11 de noviembre de 2019.
    c. Comunicación de resultados de la fase de habilitación de las postulaciones: desde el 12 de noviembre hasta el 15 de noviembre de 2019.
    d. Presentación de los proyectos: desde el 13 de noviembre al 20 de noviembre de 2019.
    e. Revisión y Calificación de los proyectos: desde el 14 de noviembre al 23 de diciembre de 2019.
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.884 (V. y U.), del año 2019, y sus modificaciones, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución exenta.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.