DESIGNA REPRESENTANTES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DE LA SERENA
Núm. 142.- Santiago, 17 de abril de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 158, de 1981, del Ministerio de Educación Pública; en el decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación; en las cartas de 18 de marzo de 2019, del señor Presidente de la República; en las cartas de 22 y 25 de marzo de 2019 y 2 de abril de 2019, de don Juan Fernando Ortega Pacheco, doña Luz María Reyes Santelices, don Carlos Erley Godoy y de doña Adriana Cerón Araya, respectivamente; y en las resoluciones Nos 1.600 de 2008 y 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, el decreto con fuerza de ley Nº 158, de 1981, del Ministerio de Educación Pública, fijó los estatutos de la Universidad de La Serena, y en su Título II, artículo 5º, letra a), señala que serán designados por el Presidente de la República cuatro directores, quienes permanecerán en dichos cargos mientras cuenten con su confianza;
Que, mediante decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación, en su artículo 2º, fueron designados como representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena, los señores Miguel Antonio Sánchez Sánchez, Eduardo Primitivo Lara Cornejo y Ernesto Leonardo Velasco Rodríguez y, en su artículo 4º, se dejó establecido que don Marcelo Denis Tapia Tabilo renunció voluntariamente a su designación como representante del Presidente de la República ante la Junta Directiva de dicha Universidad, mediante decreto Nº 22, de 2013, de esta Secretaría de Estado;
Que, a la fecha del presente decreto, no se han recibido las renuncias voluntarias de los señores Miguel Antonio Sánchez Sánchez; Eduardo Primitivo Lara Cornejo y Ernesto Leonardo Velasco Rodríguez;
Que, el Presidente de la República en uso de sus facultades, ha resuelto designar nuevos representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena.
Decreto:
Artículo 1°: Desígnanse, a contar de la fecha del presente decreto, a doña Luz María Reyes Santelices, RUN Nº 4.901.010-9; a doña Adriana María Cerón Araya, RUN Nº 10.556.088-5; a don Carlos Giorgio Erler Godoy, RUN Nº 10.995.098-K, y a don Juan Fernando Ortega Pacheco, RUN Nº 7.690.356-5, como representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena.
Artículo 2°: Las personas señaladas en el artículo anterior, por razones de buen servicio, asumirán sus funciones a contar de la fecha de su designación, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Artículo 3°: Déjase sin efecto, a contar de la misma fecha, el decreto Nº 94, de 2015, del Ministerio de Educación.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Raúl Figueroa Salas, Subsecretario de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área Jurídica
Cursa con alcances el decreto Nº 142, de 2019, del Ministerio de Educación
Nº 28.507.- Santiago, 6 de noviembre de 2019.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento individualizado en el epígrafe, mediante el cual se nombra como representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de La Serena, a las personas que se indican, por ajustarse a derecho.
No obstante lo anterior, cumple hacer presente que el artículo 5, Nº 1, letra a), del decreto con fuerza de ley Nº 158, de 1981, del ex Ministerio de Educación Pública, que creó la Universidad de La Serena, indica que la Junta Directiva de esa universidad estará integrada, entre otros, por cuatro directores designados por el Presidente de la República, quienes permanecerán en sus cargos mientras cuenten con su confianza.
A la luz de lo anterior, y conforme con el criterio contenido en el dictamen Nº 69.529, de 2014, de esta procedencia, cabe señalar que las designaciones efectuadas en cada acto administrativo, importan, a pesar de que no exista un acto administrativo que lo señale, la remoción de aquellos antecesores que no presentaron su renuncia, estos son, los señores Miguel Sánchez Sánchez, Eduardo Lara Cornejo y Ernesto Velasco Rodríguez.
Enseguida, cumple con reiterar, como fuese manifestado en el oficio Nº 9.937, de 2019, de este origen, que la transcripción que realiza el Subsecretario de Educación debe consignarse solo en las copias del decreto, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie.
Por último, cabe señalar que, conforme al artículo 20 de la resolución Nº 6, de 2019, de este origen, los actos administrativos emitidos desde el 8 de abril de esta anualidad, deberán ajustarse a las disposiciones contenidas en dicha resolución, de manera que no resulta pertinente la cita en los vistos del acto administrativo en estudio, de la resolución Nº 1.600, de 2008, de esta procedencia.
De esta manera, con los alcances que se anteceden, se ha dado curso al instrumento de la suma.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Educación
Presente.