Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código del Trabajo:
1°.- En el artículo 90 substitúyese la frase "de cincuenta a mil pesos", por la siguiente: "del dos por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
2°.- En el artículo 102, substitúyese la frase "entre cincuenta y mil pesos", por "entre el dos por ciento de un sueldo vital y medio sueldo vital".
3°.- En el artículo 107, substitúyese la frase "de cincuenta a mil pesos", por "del dos por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
4°.- En el artículo 178, substitúyese la frase "de ciento a cinco mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio".
5°.- En el artículo 239, substitúyese la frase "de ciento a cinco mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio".
6°.- En el artículo 261, inciso 5° reemplázanse las frases "de quinientos pesos" y "de $5.000", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital" y "de dos sueldos vitales y medio".
7°.- En el artículo 306, inciso 1°, substitúyese la frase "de ciento a quinientos pesos, y las reincidencias con quinientos a mil pesos", por "del cinco por ciento al veinticinco por ciento de un sueldo vital, y las reincidencias con una multa del veinticinco por ciento de un sueldo vital, a medio sueldo vital"; y en el inciso 2°, substitúyese la expresión "de cinco mil pesos", por "de dos sueldos vitales y medio".
8°.- En el artículo 335, substitúyese la frase "de veinticinco a doscientos pesos", por del uno por ciento al diez por ciento de un sueldo vital".
9°.- En el artículo 337, substitúyese la frase "de veinte a cincuenta pesos" por "del uno por ciento al dos por ciento de un sueldo vital".
10°.- En el artículo 342, substitúyese la frase "de cinco pesos", por "del uno por ciento de un sueldo vital".
11°.- En el artículo 358, substitúyese la frase "de ciento a mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
12°.- En el artículo 359, substitúyese la frase "de ciento a quinientos pesos", por "del cinco por ciento al veinte y cinco por ciento de un sueldo vital".
13°.- En el artículo 360, substitúyese la frase "de ciento a mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
14°.- En el artículo 362, substitúyese la frase "de cincuenta a doscientos pesos", por "del dos por ciento al diez por ciento de un sueldo vital".
15°.- En el artículo 491, substitúyese la frase "de quinientos a cinco mil pesos", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos y medio" y la frase "de ciento a mil pesos", "de un cinco por ciento de un sueldo vital de medio sueldo vital".
16°.- En el artículo 492, inciso 1°, substitúyese la frase "de quinientos a cinco mil pesos", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio"; y en el inciso 2°, substitúyese la frase "de ciento a mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
17°.- En el artículo 494, substitúyese la frase "de ciento a cinco mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio".
18°.- En el artículo 548, inciso 2°, substitúyese la frase "de cien a quinientos pesos", por "del cinco por ciento al veinticinco por ciento de un sueldo vital".
19°.- En el artículo 636, substitúyese la frase "de quinientos a cinco mil pesos", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio" y la frase "de ciento a mil pesos", por "de un cinco por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
20°.- En el artículo 637, inciso 1°, substitúyese la frase "de quinientos a cinco mil pesos", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio"; y en el inciso 2° la frase "de ciento a mil pesos", por "del cinco por ciento de un sueldo vital medio sueldo vital".
21°.- En el artículo 638, inciso 1°, substitúyese la frase "de quinientos a cinco mil pesos", por "del veinticinco por ciento de un sueldo vital a dos sueldos vitales y medio" y en el inciso final la frase "de ciento a mil pesos", por "de un cinco por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".
22°.- En el artículo 639, substitúyese la frase "de cincuenta a mil pesos", por "del dos por ciento de un sueldo vital a medio sueldo vital".