POSTERGA PERMISOS DE SUBDIVISIÓN, LOTEOS, URBANIZACIÓN PREDIAL Y EDIFICACIONES EN POLÍGONO QUE INDICA
    Núm. 1.418.- Hualpén, 21 de octubre de 2019.
    Vistos:
    Decreto alcaldicio Nº 976 del 14.09.2018 que aprueba y ratifica el acuerdo del Concejo Municipal Nº 374 de fecha 08.08.2018 aprobando el estudio para la Modificación del Plan Regulador Comunal de Hualpén y da inicio a procedimiento de modificación de instrumento de gestión territorial; Ord. Nº 2.442 de fecha 14.09.2018 de la Municipalidad de Hualpén a la Seremi Minvu solicitando autorizar postergación de permisos de edificación y otras licencias en el Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén; Informe técnico Asesor Urbanista de fecha 12.09.2018 donde sugiere medida que indica en atención a evitar el deterioro ambiental en dicha zona de la comuna; Ord. Nº 04/DDUI Nº 1018 de fecha 02.01.2019 de la Seremi Minvu a la Municipalidad de Hualpén que solicita aclaraciones sobre aplicación del artículo 117 LGUC; Ord. Nº 752 de fecha 22.04.2019 de la Municipalidad de Hualpén a la Seremi Minvu informando aclaraciones y adjuntando informe técnico de Asesor Urbanista, de fecha 12.04.2019; Informe técnico de fecha 27.05.2019 del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Seremi Minvu sobre postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones Comuna de Hualpén; Ord. Nº 2866/DDUI Nº 647 de fecha 03.10.2019 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío a la Municipalidad de Hualpén que informa favorablemente la postergación de permisos en Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén; decreto Nº 556 de 1976 del Ministerio de Educación declarando Santuario de la Naturaleza a la Península de Hualpén; decreto alcaldicio Nº 78 de fecha 18.05.1982 que aprueba Plan Regulador de Talcahuano; resolución Nº 171 de fecha 05.12.2002 que promulga Plan regulador Metropolitano de Concepción publicado en Diario Oficial 28.01.2003, artículos 1, 117 y siguientes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; artículos 1, 12, 56, 63 y siguientes de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando:
    1. Que la Municipalidad de Hualpén se encuentra desarrollando el procedimiento de aprobación de su "Plan Regulador Comunal de Hualpén", el cual hasta la presente fecha tiene como antecedentes de instrumentos de gestión territorial tanto al Plan Regulador de la comuna de Talcahuano que fuera publicado en el Diario Oficial con fecha 06.07.1982 como el Plan Regulador Metropolitano de Concepción publicado en el Diario Oficial con fecha 28.01.2003.
    2. Que por medio del decreto Nº 556 de fecha 10.06.1976 del Ministerio de Educación, se declaró como Santuario de la Naturaleza a la Península de Hualpén debido a su alto valor natural y al atractivo de sus playas, junto con la existencia de un rico bosque esclerófilo y presencia de especies nativas tales como boldos, litres y laurel, entre otros.
    3. Que mientras se desarrolla el proceso de aprobación del nuevo Plan Regulador Comunal de Hualpén, este Municipio estima necesario postergar los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y edificaciones en el Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén, con el objetivo de evitar el deterioro y los efectos adversos significativos en sus recursos naturales, además de permitir la conservación de su patrimonio ambiental. Lo anterior se fundamenta en que el anteproyecto del nuevo Plan Regulador de Hualpén pretende establecer normas más restrictivas a las ya establecidas en el Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, definiéndose por parte del Municipio de Hualpén una menor carga de usos y disminuyéndose la intensidad de ocupación sobre este territorio.
    4. Que la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío informó favorablemente la postergación de los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y edificaciones en atención a que existen áreas de protección de recursos de valor natural, por lo que "se sugiere siempre acoger postergaciones y sus prórrogas en aquellos procesos que de acuerdo a estudios fundados recomienden definir áreas de restricción derivadas de la aplicación de las disposiciones del artículo 2.1.7 sobre riesgos para asentamientos humanos y protección de infraestructura y del artículo 2.1.18 referido a protección de recursos de valor natural o patrimonio cultural, ambos referidos a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones", según consta, en su Ord. Nº 2866/DDUI Nº 647 de fecha 03.10.2019.
    Decreto:

    1.- Postérguese por el plazo de tres meses los permisos de subdivisión, loteos, urbanización predial y edificaciones, en el "Polígono del Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén, decreto Nº 556 de 1976 del Ministerio de Educación Pública", para las zonas: ZP-20 (Ramuntcho), ZP-21 (Lenga), ZP-22 (Rocoto), ZP-23 (Desembocadura), ZDC-15 (Ramuntcho), ZTBC-11 (Lenga), ZTBC-12 (Ramuntcho), ZTBC-13 (Chome), ZTBC-14 (Rocoto), ZAC-11 (Caleta Lenga), ZAC-12 (caleta Chome), ZIP-5 (Casa Pedro del Río Zañartu-Museo Hualpén), ZIP-12 (Ballenera Trinidad Macaya), ZIP-13 (el Faro de Ramuntcho), ZD, ZIS, ZAM, ZVN, ZVN-8 (Hualpén) y ZEP del Plan Regulador Metropolitano de Concepción vigente, en la comuna de Hualpén. La vigencia de la postergación y eventual prórroga, comenzarán desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
    2. Ordénese en caso de ser necesario, que el citado plazo de tres meses podrá ser prorrogado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    3. Ordénese a la Dirección de Administración y Finanzas a publicar conjuntamente el presente decreto municipal en el Diario Oficial de Chile y en algún diario de los de mayor circulación de la provincia de Concepción, gasto que deberá ser imputado al presupuesto municipal vigente.
    4. Publíquese el presente decreto municipal en la página web del Municipio y procédase a la exhibición de la misma resolución y del plano respectivo, en dependencias de esta Municipalidad.




NOTA
      El N° 1 de la resolución 137 exenta, Vivienda, publicada el 04.03.2020, dispone la prórroga, a partir del 08.03.2020, por 9 meses o hasta la fecha de entrada en vigencia de la modificación del Plan Regulador Comunal de Hualpén en trámite, siempre que no exceda de dicho lapso, el plazo de postergación de los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones, dispuesto por el presente decreto, respecto del Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén.
NOTA 1
      El N° 1 de la resolución 797 exenta, Vivienda, publicada el 07.12.2020, dispone el aumento, a partir del 09.12.2020, por 4 meses o hasta la fecha de entrada en vigencia del Plan Regulador Comunal de Hualpén en trámite, siempre que no exceda de dicho lapso, de la prórroga dispuesta por la resolución exenta Nº 137, citada en la nota anterior.
    Anótese, comuníquese y archívese.- Katherine Torres Machuca, Alcaldesa.- Nelson Cuevas Muñoz, Secretario Municipal.