PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA, DE LA REGIÓN DE ATACAMA, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 239 EXENTA, DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE ATACAMA
Núm. 335 exenta.- Copiapó, 19 de noviembre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992, y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; la carta presentada por Bitumix S.A., de fecha 28 de octubre de 2019; la resolución exenta Nº 239, de 6 de septiembre de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama; las solicitudes de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 28 de octubre de 2019 y 30 de octubre de 2019, de las empresas Heropi Constructora Limitada y Bitumix S.A., respectivamente; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante solicitudes ingresadas en esta Secretaría Regional Ministerial, con fecha 28 de octubre de 2019, la empresa Heropi Constructora Limitada, solicitó a esta autoridad, en el contexto de las obras "Camino básico por conservación, Ruta C-10, sector Caldera-Puerto Viejo, km 0,000 al km 28,093, Provincia de Copiapó, Región de Atacama", "Camino básico por conservación, Ruta C-465, cruce C-467 (Llanos del Marañón), Cruce C-455 (Donkey) Km 0,000 - Km 29,303, Provincia del Huasco, Región de Atacama" y "Conservación camino básico Ruta C-211, cruce C-261 (Bolaco) - cruce 225 (Manto Verde) km 0 al km 17,246 y Ruta C-225, cruce C-209 - cruce C-211, Km.23,300 - Km. 26.100, Provincia de Chañaral, Región de Atacama", la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en los tramos de las vías que se señalan en resuelvo Nº 1. Así también, en el contexto de las obras "Camino básico por conservación, Ruta C-10, sector Puerto Viejo-Barranquilla, km 28,093 al km 55,9, Provincia de Copiapó, Región de Atacama", la empresa Bitumix S.A., con fecha 30 de octubre de 2019, solicita la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en la ruta C-10, entre el Km. 28,093 y el Km. 55,9.
2.- Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.
3.- Que, el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que:
"Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.".
"El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.".
4.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
5.- Que, sumado a lo anterior, mediante carta de fecha 28 de octubre de 2019, la empresa Bitumix S.A. solicitó dejar sin efecto la resolución exenta Nº 239, de 6 de septiembre de 2019, de esta Secretaría Regional Ministerial. Consultado el motivo de la solicitud, la empresa indicó que la obra que dio origen a dicha resolución, ya no se realizaría.
6.- Que, de esta manera, en razón de que no existe actualmente la causa justificada que motivó la dictación de la resolución exenta Nº 239, de 6 de septiembre de 2019, corresponderá dejarla sin efecto.
Resuelvo:
1.- Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en calzada completa de los tramos de las vías que se indican a continuación, todas de la Región de Atacama, en las condiciones que a continuación se indica:
. 2.- Podrán circular excepcionalmente en los tramos señalados, los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dichos tramos.
3.- Los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el Resuelvo Nº 1, deberán adoptar las siguientes vías alternativas para el tránsito por el sector:
a) Alternativa de acceso a Puerto Viejo: Ruta C-302 y C-358.
Los servicios de transporte público de pasajeros, por su parte, no se verán afectados con la medida.
4.- El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en los tramos indicados en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras.
5.- Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos.
6.- Déjese sin efecto la resolución exenta Nº 239, del 6 de septiembre de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama.
7.- La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Vittorio Fernando Ghiglino Bianchi, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama.