MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 252/1996 EN MATERIA QUE INDICA
Núm. 3.351 exenta.- Valparaíso, 15 de noviembre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece las Bases Generales de los Procedimientos Administrativos de los Actos de la Administración del Estado; el artículo 6°, letra a) del decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público de Pasajeros; en la resolución exenta N° 252, de 1996, que determina el radio urbano del conglomerado conformado por las ciudades de Limache y Olmué, el oficio N° 1167, de 2018, que Remite Área Geográfica asociada a Modificación de Radio Urbano del Conglomerado de Ciudades conformado por Limache y Olmué y el Informe Técnico "Diagnóstico del transporte público mayor para el área de Limache - Olmué", de julio de 2019, todos de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Valparaíso; el oficio N° 751, de 2018, de la Ilustre Municipalidad de Limache, el acta de Reunión de fecha 12 de junio de 2019 con Operadores de Transporte Público de Limache y Olmué; el acta de reunión con fecha 11 de noviembre de 2019 con la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Olmué; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y demás normativa que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, en los últimos años la República de Chile se ha insertado en la economía mundial, lo que ha traído como consecuencia positiva un incremento en el desarrollo de sus actividades productivas y sociales, modificándose rotundamente la situación existente y el proyecto país.
2.- Que, a su vez y derivado de lo indicado en el considerando anterior, los servicios de transporte público del país, han experimentado cambios notables en las últimas décadas, tanto a nivel de servicios, como en el ámbito tecnológico, especialmente por el surgimiento de tecnologías de telecomunicación que permiten realizar seguimiento electrónico de sus frecuencias e itinerarios.
3.- Que, es claro que el transporte público de pasajeros no sólo contribuye fuertemente a la economía de un país, sino que también permite extender el rango de actividades productivas del mismo, además de generar disminuciones en los tiempos de traslado y acortar las distancias de las zonas pobladas.
4.- Que, en la Región de Valparaíso, el área geográfica comprendida en las comunas de Limache y Olmué ha experimentado un crecimiento poblacional y demográfico considerable en los últimos 23 años, tal como se señala en el Informe Técnico citado en los Vistos:
. 5.- Que, los operadores de transporte público mayor y menor han manifestado su interés en la actualización del radio urbano del conglomerado, dado que permite implementar nuevas regulaciones que ayuden a incrementar la eficiencia y eficacia de su operación y extender el área de operación, para cubrir los requerimientos de los usuarios, según consta en acta reunión de fecha 12 de junio de 2019.
6.- Que esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, ha elaborado un informe técnico denominado "Diagnóstico del Conglomerado Urbano del Área de Limache - Olmué", en julio de 2019, que propone la nueva área geográfica del conglomerado urbano.
7.- Que, el artículo 6 letra a) del decreto supremo N° 212, de 1992, citado en los vistos, en lo pertinente, dispone que "el radio que comprende una ciudad o un conglomerado de ciudades, según sea el caso, podrá ser determinado para estos efectos por los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones.".
8.- Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar el actual conglomerado urbano de las ciudades de Limache y Olmué, cuya vigencia data de 1996.
Resuelvo:
1°.- Modifícase la resolución exenta N° 252, de 1996, de esta Secretaría Regional Ministerial, reemplazando el resuelvo 1° y el 2° por los siguientes:
"1.- Determínase, para los efectos del decreto supremo N° 212, de 1992, citado en el Visto, que el radio urbano del conglomerado conformado por las ciudades de Limache y Olmué, será el área comprendida al interior del polígono definido por los siguientes vértices:
. Vértice A: Tranque Lliu - Lliu con Quebrada Bolsones.
. Vértice B: Embalse Los Aromos con Camino a Parcelación Los Aromos.
. Vértice C: Av. Los Laureles con Ruta F-64.
. Vértice D: Límite comunal con Cerro El Roble.
. Vértice E: Límite comunal con Camino Cuesta La Dormida.
. Vértice F: Ruta F-62 con intersección Línea Férrea Ferrocarril.
. 2°.- La presente resolución entrará en vigencia en el plazo de 60 días corridos contados desde su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- José Emilio Guzmán Cepeda, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Valparaíso.