La presente ley modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal, la ley 20.584 y la ley 21.040 con el objeto de proteger a los profesionales y funcionarios de los establecimientos de salud y a los profesionales, funcionarios y manipuladores de alimentos de los establecimientos educacionales. Al respecto, y con el objeto de proteger a los funcionarios señalados, establece sanciones más elevadas, en los delito de amenazas, caso en el cual la sanción será la pena establecidas en su grado máximo. En cuanto al delito de lesiones, las penas serán más altas, dependiendo de la gravedad de las mismas. Establece penas para el caso de maltrato corporal de manera relevante. Efectúa adecuaciones en el Código Procesal Penal y además, establece la obligación de denunciar a los jefes de establecimientos de salud, públicos o privados, y los sostenedores y directores de establecimientos educacionales, públicos o privados, respecto de los delitos perpetrados al interior de sus dependencias o mientras éstos se encontraren en el ejercicio de sus funciones o en razón, con motivo u ocasión de ellas. La misma obligación tendrán los directores de los Servicios Locales de Educación respecto de estos delitos, cuando ocurran en los establecimientos educacionales que formen parte del territorio de su competencia. Modifica la ley 20.584, que regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, facultando a la autoridad del establecimiento para requerir los medios de seguridad adecuados y así asegurar el normal desenvolvimiento de las actividades desarrolladas en ésta. En cuanto a los servicios locales de educación, los faculta para presentar querella respecto de los delitos perpetrados contra los profesionales y funcionarios de los establecimientos de su dependencia.
    Artículo 4.- Incorpórase en el artículo 18 de la ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, el siguiente literal s), nuevo, pasando el actual s) a ser t):
    "s) Presentar querella respecto de los delitos perpetrados contra los profesionales y funcionarios de los establecimientos de su dependencia.".