PRÓRROGA PLAZO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 428 EXENTA, DE 2016, QUE ESTABLECE FECHA Y CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 45 DEL DECRETO SUPREMO N° 212, 1992, PARA SERVICIOS QUE INDICA, EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO
Núm. 554 exenta.- Concepción, 21 de noviembre de 2019.
Visto:
La ley N° 18.696, modificada por la leyes N° 20.504 y 20.696; la ley N° 20.474; el DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito; el decreto supremo N° 212, de 1992, y el decreto supremo N° 113, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; las facultades delegadas mediante la resolución N° 52, de 2004, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta N° 428, de 2016, modificada por resolución exenta N° 656, de 2018, ambas de esta Secretaría Regional Ministerial; Informe respecto de la situación de los terminales de 29 de octubre de 2019, del Área de Transporte Público Regional de esta Secretaría Regional Ministerial remitido por Memorándum N° 423-2019; las cartas de fecha 23 de septiembre de 2019, de las líneas de taxis colectivos de la comuna de Los Ángeles y de la Federación de Taxi Colectivo F.G.; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás facultades que confiere la normativa aplicable.
Considerando:
1° Que, por resolución exenta N° 428, de 30 de noviembre de 2016, modificada por la resolución exenta N° 656, de 27 de noviembre de 2018, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, se ha establecido la fecha y condiciones de cumplimiento del artículo 45º del decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en la Región del Biobío.
2° Que, con fecha 23 de septiembre 2019, la Federación de Taxi Colectivo F.G. y la empresa de Transportes y Servicios S.A., Línea 10, a través de sus respectivos representantes legales, han solicitado a esta Autoridad la ampliación del plazo para el cumplimiento de la obligación de contar con un terminal con resolución de autorización de funcionamiento, conforme a lo dispuesto en los artículos N° 45 y 47 del DS 212, de 1992, citado en el Visto.
3° Que, el Área de Transporte Público Regional de esta Secretaría Regional Ministerial ha elaborado un informe, por comuna, respecto de la situación de los terminales de los servicios urbanos de taxis colectivos existentes en la Región del Biobío. El referido informe constata un avance importante respecto de los servicios de taxis colectivos que cuentan con resolución de autorización de funcionamiento de terminal, existiendo, a la fecha, solo 10 líneas de taxis colectivos que aún no han regularizado el funcionamiento de sus respectivos terminales. En este sentido, el informe señala, respecto de las comunas de Los Ángeles y Tomé, la necesidad de extender el plazo para obtener la resolución de autorización de funcionamiento de terminal, por un período de 12 meses, con el objeto que los servicios de transporte terminen de construir sus terminales y tramiten sus respectivas resoluciones de funcionamiento; y de esta manera evitar la suspensión de sus servicios, lo cual afectaría gravemente la oferta de transporte público en las comunas indicadas.
4° Que, frente a la situación descrita, esta autoridad se ve en la necesidad, por razones de interés superior y para los efectos de atender las necesidades públicas en forma continua, uniforme, permanente y regular, de prorrogar el plazo para la regularización de los terminales de taxis colectivos urbanos en las comunas que se indica en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
Prorróguese el plazo, sólo para los servicios de taxis colectivos urbanos de las comunas de Los Ángeles y Tomé, establecido en la letra b del resuelvo Nº 2 de la resolución exenta N° 428, de 30 de noviembre de 2016, modificada por la resolución exenta N° 656, de 27 de noviembre de 2018, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, hasta el día 30 de noviembre de 2020.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Jaime Aravena Selman, Secretario Regional Ministerial Transportes y Telecomunicaciones Región del Biobío.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Mónica Wityk Peluchonneau, Jefe División Administración y Finanzas.