La presente Ley aprueba el Presupuesto de ingresos y gastos del sector público para el año 2020 de nuestro país. Fija y limita el gasto de la Nación y establece formas de utilización.
    Artículo 29.- Las visitas de Estado, oficiales o de trabajo en que el Presidente de la República o los Ministros de Estado convoquen como parte de la delegación a miembros del Congreso Nacional, a ministros de la Corte Suprema, al Contralor General de la República o a otras autoridades superiores de la Administración del Estado, serán consideradas comisiones de servicio de interés para la política exterior del país.