Artículo 17.- Toda Decreto 32,
ENERGÍA
Art. primero N° 6 A y B
D.O. 17.06.2026nueva instalación de generación, Sistema de Almacenamiento de Energía, SGC y de transmisión que se interconecte al sistema eléctrico deberá previamente haber sido declarada en construcción por la Comisión. Lo anterior no aplicará al equipamiento de generación al que hace referencia el Reglamento de Generación Distribuida para Autoconsumo aprobado mediante el decreto supremo N° 57 del 2019, del Ministerio de Energía.
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Art. primero N° 6 A y B
D.O. 17.06.2026nueva instalación de generación, Sistema de Almacenamiento de Energía, SGC y de transmisión que se interconecte al sistema eléctrico deberá previamente haber sido declarada en construcción por la Comisión. Lo anterior no aplicará al equipamiento de generación al que hace referencia el Reglamento de Generación Distribuida para Autoconsumo aprobado mediante el decreto supremo N° 57 del 2019, del Ministerio de Energía.