Artículo 34.- Introdúcense, a contar del 1 de enero de 2020, las siguientes modificaciones en el artículo 59 de la ley Nº 20.883:
1. Reemplázase en el inciso primero la cantidad "$382.573" por "$385.251".
2. Reemplázase en el inciso segundo la cantidad "$27.006" por "$27.195".