Modifíquese el decreto exento Nº 418, de 4 de agosto de 2017, del Ministerio de Energía, que fija listado de instalaciones de transmisión zonal de ejecución obligatoria, necesarias para el abastecimiento de la demanda, en los siguientes términos:
    En el artículo segundo número 2.1, Tabla 13:
     
    Donde dice:

    .
    Tabla 13: Obras de Ampliación del Sistema A
    Debe decir:
    .