OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATP FIBER CHILE SPA

    Santiago, 7 de octubre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 237.
   
    Vistos:
   
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios telecomunicaciones que únicamente provean intermedios de infraestructura física para telecomunicaciones.
    f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
   
    Considerando:
   
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 53.247 de 11.04.2019, complementado mediante ingreso Subtel Nº 75.015 de 28.05.2019 e ingreso Subtel Nº 114.919 de 27.08.2019.
    b) Que la solicitud incorpora infraestructura de telecomunicaciones que no se encuentra destinada a soportar elementos radiantes, acorde al inciso séptimo del artículo 6º, decreto supremo Nº 99 de 2012, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
   
    Decreto:

   
    Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa ATP Fiber Chile SpA, RUT Nº 76.982.036-1, con domicilio en Av. Apoquindo Nº 2827, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
   
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar los siguientes tramos de Fibra Óptica, según se indica a continuación:
   
Tipo de red          : Metropolitana
Tipo de Fibra Óptica  . Monomodo G.652 D
Ventanas de Operación : 1310 nm - 1550 nm
Nº de Hilos          : 144 Filamentos
   
    Ubicación: (Datum WGS 84)
   
    .
Ubicación: (Datum WGS 84)   

    .
    Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
   
    2. La Zona de Servicio comprenderá el Territorio Nacional.
    3. Los plazos serán los que se indican a continuación:
   
    .
   
    4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.

   
    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Infraestructura y Regulación
   
    Cursa con alcance el decreto Nº 237, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
   
    Nº 31.642.- Santiago, 9 de diciembre de 2019.
   
    La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que otorga concesión de servicio intermedio de telecomunicaciones, que únicamente provea infraestructura física para telecomunicaciones, a la empresa ATP Fiber Chile SpA, pero cumple con hacer presente que, la información contenida en la segunda tabla del acto examinado dice relación con las coordenadas de los puntos de distribución pasiva de la red de fibra óptica, que se encuentran ubicados en la comuna de La Reina, Región Metropolitana de Santiago.
   
    Saluda atentamente a Ud., por orden del Contralor General de la República, Subjefe División, División de Infraestructura y Regulación.
   
A la señora
Ministra de Transportes y Telecomunicaciones
Presente.