OTORGA A CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. CONCESIÓN ELÉCTRICA DEFINITIVA PARA ESTABLECER EL TRAMO 1 DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DENOMINADA "LÍNEA DE TRANSMISIÓN 2X220 KV PLANTA ARAUCO - LAGUNILLAS" EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO, PROVINCIAS DE ARAUCO Y CONCEPCIÓN, COMUNAS DE ARAUCO, CORONEL Y LOTA
    Núm. 100.- Santiago, 21 de noviembre de 2019.
    Vistos:
    Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. Nº 20849/ACC 2422545/DOC 2092685, de 17 de octubre de 2019; lo dispuesto por el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante e indistintamente la "Ley General de Servicios Eléctricos"; en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
    Considerando:
    1. Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en su oficio Ord. Nº 20849/ACC 2422545/DOC 2092685, de 17 de octubre de 2019, el cual pasa a formar parte del presente acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Nº 19.880.
    2. Que, mediante la resolución exenta Nº 29.832, de 17 de julio de 2019, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, se acogió la petición de Celulosa Arauco y Constitución S.A., en orden a dividir la solicitud de concesión eléctrica definitiva para el proyecto denominado "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas" en cuatro tramos, correspondiendo el presente decreto al "Tramo 1".
    Decreto:

    1.- Otórgase a Celulosa Arauco y Constitución S.A. concesión definitiva para establecer las instalaciones de transmisión de energía eléctrica correspondientes al "Tramo 1" del proyecto denominado "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas", en la Región del Biobío, provincias de Arauco y Concepción, comunas de Arauco, Coronel y Lota, de acuerdo al siguiente detalle:
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    2.- El proyecto denominado "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas" tiene como objetivo el establecimiento de una línea de transmisión eléctrica, de doble circuito en 220 kV, de categoría C, la cual permitirá transportar hasta la subestación eléctrica "Lagunillas", de propiedad de Transelec S.A., los excedentes de energía eléctrica producidos para abastecer el consumo energético de la planta de Celulosa Arauco, de propiedad de Celulosa Arauco y Constitución S.A. y, de esta forma, aportarlos para el abastecimiento del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
    La "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas" tendrá una extensión de 33.053 metros y una capacidad máxima de 295 MVA, bajo criterio N-1. Su trazado se inicia en el vértice de salida (VS) o estructura ENº0, cuyas coordenadas UTM son: Norte 5.881.074,50 y Este 658.485,50. Este trazado está proyectado fuera del terreno donde se ubicará la futura subestación eléctrica "Planta Arauco", de propiedad de Celulosa Arauco y Constitución S.A., a una altura aproximada de 19 m.s.n.m, en la localidad de Horcones, de la comuna de Arauco, provincia de Arauco, Región del Biobío; y finaliza en el vértice de remate (VR) o estructura ENº101, de coordenadas UTM: Norte 5.904.859,19 y Este 666.126,26, proyectado sobre el terreno de la subestación eléctrica "Lagunillas", de propiedad de Transelec S.A., a una altura aproximada de 13 m.s.n.m, ubicada en la localidad de Lagunillas, comuna de Coronel, provincia de Concepción, Región del Biobío, punto donde se hace ingreso al predio en el cual se emplaza la referida subestación "Lagunillas", comprendiendo así, la solicitud de concesión una longitud total de 33.037 metros. Se hace presente que las subestaciones eléctricas señaladas no forman parte de la presente concesión.
    La concesionaria impondrá servidumbres forzosas solo respecto de 1.832 metros en predios particulares y ocupará bienes nacionales de uso público en una longitud de 199 metros, totalizando entre ambas una longitud de 2.031 metros, por tanto, la longitud del trazado de la línea sin imposición forzosa de servidumbres asciende a 31.022 metros.
    3.- El presupuesto del costo de las obras asciende a la suma de $7.859.510.001 (siete mil ochocientos cincuenta y nueve millones quinientos diez mil un pesos).
    4.- Copias del plano general de obras, de la memoria explicativa y de los restantes antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
    5.- En su recorrido, las instalaciones de la "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas", ocuparán bienes nacionales de uso público y propiedades particulares.
    En particular, el Tramo 1 de la "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas", objeto de la presente concesión, solo contempla la ocupación de bienes nacionales de uso público.
    6.- La "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas", podrá atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
    En su recorrido, la referida línea afectará las siguientes líneas eléctricas, obras e instalaciones:
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    7.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
    8.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
    9.- El plazo para la construcción total de las obras será de 15 meses, el cual se iniciará dentro de los 180 días corridos, contados de la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, según el siguiente cronograma:
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    10.- El presente decreto deberá ser publicado en el Diario Oficial, en el plazo de 30 días contados desde la fecha de su total tramitación y en el sitio electrónico del Ministerio de Energía, dentro de los 15 días siguientes a dicha publicación. Además, el concesionario deberá reducir a escritura pública el presente decreto antes de 15 días, contados desde esta última publicación. Copia de dicha escritura deberá remitirse a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en el plazo de 15 días, contados desde el otorgamiento de ese instrumento.
    11.- El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o terrenos particulares, en virtud de servidumbres constituidas.
    El levantamiento deberá efectuarse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas aplicables.
    12.- Si por cualquiera circunstancia, alguno de los tramos en que se ha dividido el proyecto de transmisión "Línea de Transmisión 2x220 kV Planta Arauco - Lagunillas" no pudiere ejecutarse, el retiro de las instalaciones que ocupen bienes nacionales de uso público, terrenos fiscales o particulares, deberá hacerse dentro del plazo y en las condiciones que fije la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de conformidad a la normativa vigente.
    La división por tramos del proyecto no afectará en modo alguno la prohibición de fraccionamiento contemplada en la ley Nº 19.300.
    13.- La concesión que por este acto se otorga no exime del cumplimiento de las demás obligaciones legales, como lo es el acatamiento de la legislación ambiental en forma previa a la ejecución de las obras que se amparen en esta concesión.
    Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Jobet Eluchans, Ministro de Energía.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Claudia Rojas Santelices, Jefa División Jurídica (S), Subsecretaría de Energía.