DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 194 EXENTO, DE 2018, Y ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN ESPECIAL PARA EL CARGO DE SUBSECRETARIA DE EVALUACIÓN SOCIAL
    Santiago, 30 de diciembre de 2019.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 76 exento.
    Vistos:
    Lo dispuesto en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en el decreto supremo Nº 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Desarrollo Social; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2012, del Ministerio de Planificación, que Fija Plantas de Personal de las Subsecretarías de Evaluación Social y de Servicios Sociales, determina fecha de iniciación de actividades del Ministerio de Desarrollo Social y regula demás materias a que se refiere el artículo primero transitorio de la ley Nº 20.530; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2001, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el numeral 22 del apartado I artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; y en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma Razón.
    Considerando:
    Que, el artículo 81 letra a) del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dispone que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación, en los siguientes casos de: a) casos de exclusiva confianza.
    Que, el cargo de Subsecretaria de Evaluación Social es de exclusiva confianza de S.E. el Presidente de la República.
    Decreto:

    2º Determínase, el siguiente orden de subrogación especial para el cargo de Subsecretaria(o) de Evaluación Social, en caso de ausencia o impedimento del titular, en el orden de prelación que se indica:
    Primer Subrogante:
    Jefa/e de la División de Políticas Sociales
    Segundo Subrogante:
    Jefa/e de la División de Observatorio Social
    Tercer Subrogante:
    Fiscal.
    Se hace presente que, que por razones impostergables de buen servicio, este acto administrativo surtirá efectos a contar de su dictación, sin esperar su total tramitación.
    2º Remítase copia del presente acto administrativo a la Subsecretaría de Evaluación Social, a la División de Políticas Sociales, a la División de Observatorio Social, Fiscalía y a la Oficina de Partes.

    Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Alejandra Candia Díaz, Ministra de Desarrollo Social y Familia (S).
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Andrés Valenzuela Concha, Subsecretario de Evaluación Social (S).