DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 2.231 (2015), APROBADA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, RELATIVA A LA CUESTIÓN NUCLEAR DEL IRÁN
    Núm. 128.- Santiago, 8 de agosto de 2019.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en los artículos 32 N° 15 y 54 N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República; el artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas y la ley N° 18.158.
     
    Considerando:
     
    Que el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la resolución 2.231 (2015), con fecha 20 de julio de 2015.
     
    Decreto:

      Artículo 1°.- El Gobierno de la República de Chile decide dar estricto y fiel cumplimiento a la resolución 2.231 (2015), aprobada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, relativa a la cuestión nuclear del Irán.
    Artículo 2°.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, las autoridades y órganos del Estado velarán para que en el ámbito de sus atribuciones se dé cumplimiento a lo dispuesto en la citada resolución; cúmplase y publíquese de conformidad a la ley N° 18.158.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exteriores.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alberto Espina Otero, Ministro de Defensa Nacional.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Ministro de Energía.
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.