1. Modifíquese resolución 8.186/2013, que establece requisitos fitosanitarios de importación a frutos frescos de palta (Persea americana), para consumo, variedad Hass, en lo siguiente:
2. Reemplácese Resuelvo 1 por lo siguiente:
Establézcanse los siguientes requisitos fitosanitarios de importación, a frutos frescos de palta (Persea americana) variedades Hass, para consumo, procedentes de las siguientes unidades territoriales, según las especificaciones establecidas en el Plan de Trabajo conjunto SAG-Senasa:
- Departamento de Ancash
- Departamento de Apurímac
- Departamento de Arequipa
- Departamento de Ayacucho:
. Sólo las Provincias de:
. Cangallo
. Huamanga
. Huancasancos
. Lucanas
. Parinacochas
. Paucar del Sara Sara
. Sucre
. Víctor Fajardo
. Vilcashuaman
. De la Provincia de Huanta, sólo los Distritos de:
. Huanta
. Luricocha
. De la Provincia La Mar, sólo el Distrito de:
. San Miguel
- Departamento de Cusco:
. Sólo la Provincia de Anta
- Departamento de Huancavelica:
. Sólo las Provincias de:
. Acobamba
. Angaraes
. Castrovirreyna
. Churcampa
. Huancavelica
. Huaytará
. De la Provincia de Tayacaja, sólo los Distritos de:
. Colcabamba
. Huachocalpa
. Quichuas
. Tintay Puncu
- Departamento de Ica
- Departamento de La Libertad
- Departamento de Lambayeque
- Departamento de Lima
- Departamento de Moquegua
- Departamento de Tacna
3. Reemplácese la leyenda de la etiqueta de cada envase, indicada en el Resuelvo 4.4, por la siguiente:
. 4. Inclúyase en el Resuelvo 4.4, a continuación de la información de la etiqueta, el siguiente texto aclaratorio:
(*) En el caso de Departamentos que cuentan con autorización en la totalidad de su territorio, se deberá especificar sólo la información del Departamento, mientras que para aquellos Departamentos que disponen de autorización a nivel de Provincias y Distritos, tendrá que especificarse la información completa de la unidad territorial de origen, eso significará detallar Departamento/Provincia o Departamento/Provincia/Distrito.
5. La presente modificación no altera el resto de Resuelvos conformantes de la resolución 8.186/2013.
6. La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.