MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE RADIOCOMUNICACION BUSCAPERSONA A DON RAUL BERMANN GOLD
Santiago, 04 de Septiembre de 1992.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 241.- Vistos:
a) La Ley N° 18.168 de 1982, y sus posteriores modificaciones, Ley General de Telecomunicaciones.
b) El decreto ley N° 1.762 de 1977.
c) El artículo 1° de la Ley N° 16.436 de 1966.
d) El N° 1 del artículo 3° párrafo III de la resolución N° 55 de 1992, de la Contraloría General de la República.
e) El decreto supremo N° 83 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y la resolución exenta N° 184, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ambos de 1984.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada.
b) Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. N° 34.036 del 04.09.92.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Servicio Público de Radiocomunicación Buscapersona, otorgada a don Raúl Bermann Gold, chileno, industrial, cédula nacional y RUT. N° 3.462.475-5, con domicilio en calle San Francisco N° 363, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante el concesionario, mediante el decreto supremo N° 76 de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
2. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud (SP-91/68) presentado por el concesionario, en lo concerniente a los sistemas y equipos de telecomunicaciones que se instalarán, operarán y explotarán, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
3. Autorízase al concesionario para aumentar la capacidad técnica de la estación base:
Estación Base Buscapersona
-Frecuencias: 158,275 MHz.
-Tipo de emisión: 16KOF1D
-Desviación máxima: ±'5 KHz.
-Potencia máxima: 400 watts
-Ubicación: San Francisco N° 363, Santiago, Región Metropolitana.
-Sistema radiante: Omnidireccional con 6 dBd de ganancia. Arreglo de 4 dipolos.
-Coordenadas geográficas:
33°26'42" Latitud Sur
70°38'35" Longitud Oeste
- Zona de servicio: dentro del contorno en el que la intensidad de campo sea mayor o igual a 45 dB (uV/m).
4. El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría, podrá disponer que el concesionario modifique las características técnicas antes señaladas, por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de Acuerdos o Convenios Internacionales obligatorios para el Estado, sin que por ello el concesionario pueda formular reclamo alguno.
5. El concesionario se obliga a mantener un servicio moderno y eficiente, entendiéndose por tal un servicio que cumpla con las normas vigentes y las que a futuro se dicten, relacionadas con el funcionamiento del servicio de telecomunicaciones autorizado.
6. La construcción de las obras deberá ejecutarse con sujeción estricta al proyecto técnico aprobado y en conformidad a las leyes, reglamentos y ordenanzas pertinentes. Facúltase a la Subsecretaría para que ordene o autorice las modificaciones de orden técnico que procedieren, de acuerdo a las normas técnicas pertinentes.
7. El plazo para iniciar la construcción de las obras será de 6 meses y para su término de 10 meses. Asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de 12 meses. Todos estos plazos serán contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
8. La Subsecretaría se reserva el derecho de solicitar cualquier antecedente adicional previo a la recepción de obras e instalaciones.
9. Antes de iniciar el servicio, el concesionario debe solicitar a la Subsecretaría, por carta certificada, la verificación de que las obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y corresponden al proyecto técnico aprobado.
10. Es obligación del concesionario el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables, atendida la calidad que adquiere en virtud de este decreto.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.
Por orden del Presidente de la República, Víctor Germán Correa Díaz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud. Roberto Pliscoff Vásquez, Subsecretario de Telecomunicaciones.