AUTO ACORDADO SOBRE AUDIENCIAS PÚBLICAS PARA CONCURSO DEL ESCALAFÓN PRIMARIO DEL PODER JUDICIAL
En Santiago, a treinta de diciembre de dos mil diecinueve, se reunió la Corte de Apelaciones de Santiago en Pleno, presidida por el titular señor Javier Aníbal Moya Cuadra y con la concurrencia de los Ministros señores con la asistencia de los ministros señores Vázquez, Madrid, Mera y Astudillo, señoras Ravanales, Melo, Rojas Moya, López, señores Balmaceda y Rivera, señor De la Barra, señoras Kittsteiner y Leyton, señor Poblete, señoras Book y Solís, señores Gray y Andrade -suplente Ministro señor Carroza-, señoras Sabaj -suplente del Ministro señor Muñoz y Poza -suplente del Ministro señor Crisosto- y señor Advis -interino del señor Gajardo- y en ejercicio de las facultades que le confiere el inciso cuarto del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales y en cumplimiento a lo ordenado en el Artículo Octavo del Auto Acordado de la Corte Suprema de veintiocho de agosto de dos mil quince, resolvió dictar el siguiente Auto Acordado sobre Audiencias Públicas para la Confección de Ternas para Provisión de Cargos del Escalafón Primario del Poder Judicial.
No concurrieron los ministros señores Zepeda, por encontrarse en comisión de servicio; Auto Acordado S/N
D.O. 14.02.2020señora Lusic, por encontrarse haciendo uso feriado legal; señor Rojas González y señora Plaza por encontrarse con feriado legal; señora Villadangos por encontrarse haciendo uso de permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales; señora Barrientos y Robinovich -suplente de la Ministra señora Rutherford-, por encontrarse haciendo uso de licencia médica.
D.O. 14.02.2020señora Lusic, por encontrarse haciendo uso feriado legal; señor Rojas González y señora Plaza por encontrarse con feriado legal; señora Villadangos por encontrarse haciendo uso de permiso del artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales; señora Barrientos y Robinovich -suplente de la Ministra señora Rutherford-, por encontrarse haciendo uso de licencia médica.
Se excusó con el señor Presidente la Ministra señora González Troncoso.
No asiste el Ministro señor Carreño.
Se dio cuenta del Proyecto Auto Acordado sobre Audiencias Pública para concurso del escalafón primario del Poder Judicial.
Se discutió y aprobó el siguiente texto del Auto Acordado conjunto con sus anexos:
"Auto Acordado sobre Audiencias Públicas para concurso del escalafón primario del Poder Judicial".
Artículo 1º.- Los postulantes a cargos del Escalafón Primario del Poder Judicial, excluidos los relatores, cuyas postulaciones hubieren sido declaradas admisibles, deberán ser recibidos en audiencia pública en la que deberán exponer sobre las materias que se señalan en el artículo 7º.
Artículo 2º.- Las audiencias públicas tendrán lugar ante una comisión conformada por tres Ministros titulares que deberá reunirse dentro de los veinte días siguientes a aquel en que el concurso se declare cerrado.
Se sortearán once comisiones entre los miembros titulares del tribunal, quedando excluido únicamente el Presidente, para quien será facultativa la integración de cualquiera de las comisiones. Cada comisión será denominada por el número que le corresponda según el sorteo.
La comisión respectiva deberá fijar el día y hora para la celebración de la audiencia con una antelación mínima de diez días, comunicada a los concursantes vía correo electrónico, regulando en su caso el horario para la verificación de la entrevista por video conferencia, la que deberá ser solicitada por el interesado con a lo menos tres días de anticipación.
En todo caso, las audiencias deberán fijarse fuera del horario de atención de público, esto es, no antes de las 14:00 horas, de martes a viernes, o los días lunes una vez finalizada la sesión del Tribunal Pleno y no podrán recaer en días en que a alguno de sus miembros se le hubiere concedido permiso conforme al artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales o le correspondiere la integración de tribunales especiales.
Si durante el año respectivo cesa en sus funciones uno de los Ministros que forman parte de una comisión, ésta sesionará con los dos Ministros restantes.
Artículo 3º.- Las comisiones se formarán por sorteo que se llevará a cabo en la primera sesión ordinaria del Tribunal Pleno, durante el mes de marzo de cada año.
Artículo 4º.- La asignación de concursos se efectuará por sorteo, excluyéndose a la o las comisiones que hubieren sido sorteadas para concursos anteriores, formándose al efecto una rueda, hasta que todas hayan realizado el proceso. Los concursos se asignarán en la sesión del Tribunal Pleno inmediatamente siguiente al cierre del mismo.
Artículo 5º.- En caso de ausencia o impedimento justificado para que un Ministro participe en una comisión, deberá ser reemplazado, por sorteo, por uno de los Ministros que forme parte de las comisiones que aún no hayan sido sorteadas en la respectiva rueda y el Ministro reemplazado pasará a ocupar el lugar del reemplazante en la comisión de que éste forma parte.
Artículo 6º.- En cada comisión habrá un ministro de fe, labor que deberá ser desempeñada por el Administrador de la Corte, por los Jefes de Unidad y por los Secretarios u otros funcionarios que se designen al efecto por la misma Comisión, hasta completar tantos ministros de fe como comisiones existan. Los ministros de fe deberán ser sorteados junto con el sorteo de asignación de concursos.
Será misión del ministro de fe preparar una minuta o reseña de la trayectoria y antecedentes de los concursantes, la que será entregada a los miembros de la Comisión con una antelación de a lo menos dos días a la fecha de la audiencia, y levantar acta de la sesión respectiva.
Artículo 7º.- La audiencia pública se celebrará en la Sala de Pleno o en aquella que decida la Comisión y será presidida por el Ministro más antiguo.
Los postulantes dispondrán de un máximo de diez minutos para su exposición, sin perjuicio de que, por acuerdo de la Comisión y en atención a la cantidad de postulantes al cargo de que se trate, se disponga un límite de tiempo inferior.
La exposición del postulante deberá referirse a los siguientes cuatro aspectos: 1.- Antecedentes profesionales que deseen destacar. 2.- Desafíos que estima le impone el cargo al que postula. 3.- Visión acerca del Poder Judicial. 4.- Compromiso con la institución.
Al finalizar la exposición del postulante los miembros de la Comisión podrán dirigirle a éste las preguntas que estimen pertinentes, las que deberán decir exclusiva relación con los temas que se mencionan en el inciso anterior y no podrán referirse en caso alguno a cuestiones relativas a su vida privada.
Artículo 8º.- Al término de la audiencia la Comisión deliberará privadamente y propondrá al Tribunal Pleno el nombre de los cinco postulantes que considere son los que se encuentran mejor calificados para ocupar el cargo de que se trata, debiendo expresar los fundamentos de su determinación. Si no existiere acuerdo, cada propuesta se fundamentará separadamente.
Dicha propuesta, que se contendrá en el Acta que al efecto se levante, deberá ser entregada al Relator de Pleno para que éste la ponga a disposición de los demás Ministros del tribunal con la debida anticipación a la fecha de celebración de la audiencia en que se confeccione la terna.
Artículo 9º.- En la sesión del Tribunal Pleno en que se proceda a la formación de la terna, previo a la votación, los Ministros podrán dirigir preguntas a los miembros de la Comisión que intervinieron en la audiencia acerca de la propuesta formulada.
Artículo 10º.- Todas aquellas situaciones no previstas en el presente Auto Acordado deberán ser formuladas al Presidente del Tribunal, quien las someterá a la consideración y decisión del Tribunal Pleno en la sesión más próxima.
Artículo primero transitorio.- Para el primer sorteo que deberá llevarse a cabo en marzo de 2020 y habida consideración que actualmente se encuentran cuatro cargos de Ministro vacantes, se procederá al sorteo de diez comisiones. Aquella de las comisiones en la que resulten sorteados dos Ministros, deberá sesionar precisamente con dos Ministros, en tanto no se haya provisto uno de los cargos vacantes. La primera persona nombrada, en consecuencia, pasará a formar parte de esta Comisión.
Artículo segundo transitorio.- El Administrador de la Corte de Apelaciones deberá preparar formatos de reseñas curriculares de cada postulante, formularios de evaluación y de Acta final de la audiencia a más tardar el 28 de diciembre próximo, los que se presentarán para su aprobación por el Tribunal Pleno en la sesión del día 30 de ese mes.
Comuníquese a la Excelentísima Corte Suprema y a las Cortes de Apelaciones del país, para que éstas lo pongan en conocimiento de los tribunales de su dependencia.
Remítase copia autorizada a la Corporación Administrativa del Poder Judicial para su publicación en el Diario Oficial.
Para efectos administrativos asígnese Rol de Pleno a través de la Oficina de Partes de esta Corte.
Rol Nº 100-2020.