Artículo 4º.- La asignación de concursos se efectuará por sorteo, excluyéndose a la o las comisiones que hubieren sido sorteadas para concursos anteriores, formándose al efecto una rueda, hasta que todas hayan realizado el proceso. Los concursos se asignarán en la sesión del Tribunal Pleno inmediatamente siguiente al cierre del mismo.