Artículo 18º.- Los títulos de los tripulantes de cubierta de nave mayor facultan a su titular para desempeñarse en los cargos y ejercer las atribuciones que se indican a continuación, en navegación marítima nacional e internacional:
a.- Título: Tripulante
de Primera de Puente
Nivel de apoyo: - Todos los cargos de
cubierta, prestando
apoyo relativo a
la operación segura
de la nave, al
capitán, oficial de
guardia y demás
oficiales de cubierta,
en aspectos
vinculados con
navegación,
maniobras,
manipulación
de la carga,
prevención
de riesgos,
prevención
de la contaminación
del medio marino,
mantenimiento y
reparación de equipos,
en cualquier clase de
naves.
b.- Título: Tripulante
de la Guardia de
Navegación
Nivel de apoyo: - Cargos pertenecientes
a la guardia de puente
o navegación, en
cualquier
clase de naves.
c.- Título: Tripulante
General de Cubierta
Nivel de apoyo: - Cargos Decreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 13
D.O. 18.11.2025de cubierta en
DEFENSA
Art. único N° 13
D.O. 18.11.2025de cubierta en
cualquier clase de
naves. Podrán desempeñarse
como Timonel en navegación
próxima a la costa, previa
evaluación de
competencia.
Asimismo, quienes se encuentren en posesión de cualquiera de los títulos citados precedentemente, podrán ejercer las atribuciones que confiere el título de Tripulante de Cubierta de Nave Menor. No obstante, para optar a títulos superiores, sólo será válido el tiempo de embarco en naves superiores a 25 de arqueo bruto.