Artículo 33º.- Para obtener cada uno de los títulos que a continuación se indica, los postulantes deberán cumplir además con los siguientes requisitos específicos:
a.- Para Capitán de Alta Mar:
1.- Acreditar 24 meses de embarco en posesión del título de Piloto Primero, desempeñándose como primer oficial de cubierta en naves de arqueo bruto igual o mayor que 2.000, o ejerciendo el cargo de Capitán en naves de arqueo bruto igual o mayor que 1.000;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
3.- Aprobar un trabajo profesional de investigación.
b.- Para Piloto Primero:
1.- Acreditar 24 meses de embarco en posesión del título de Piloto Segundo, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General;
3.- Aprobar el cuaderno de notas profesionales y de cálculos; y
4.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
c.- Para Piloto Segundo:
1.- Acreditar 24 meses de embarco en posesión del título de Piloto Tercero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General;
3.- Aprobar el cuaderno de notas profesionales y de cálculos; y
4.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
d.- Para Piloto Tercero:
1.- i.- Aprobar una instrucciDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 18
D.O. 18.11.2025ón teórica básica de acuerdo con las materias, programas y curso modelo OMI;
DEFENSA
Art. único N° 18
D.O. 18.11.2025ón teórica básica de acuerdo con las materias, programas y curso modelo OMI;
ii.- Cumplir un año de embarco, en calidad de aspirante a oficial para título internaciDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 19
D.O. 18.11.2025onal, y de seis meses para título nacional; y
DEFENSA
Art. único N° 19
D.O. 18.11.2025onal, y de seis meses para título nacional; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
2.- i.- Acreditar doce meses de embDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 20
D.O. 18.11.2025arco en posesión del título de Capitán Costero Superior, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
DEFENSA
Art. único N° 20
D.O. 18.11.2025arco en posesión del título de Capitán Costero Superior, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General, y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
3.- i.- Acreditar dieciocho Decreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 21
D.O. 18.11.2025meses de embarco en posesión del título de Capitán Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
DEFENSA
Art. único N° 21
D.O. 18.11.2025meses de embarco en posesión del título de Capitán Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General, una vez cumplido el requisito anterior; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
4.- i.- Acreditar veinticuatDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 22
D.O. 18.11.2025ro meses de embarco efectivo en posesión del título de Piloto Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
DEFENSA
Art. único N° 22
D.O. 18.11.2025ro meses de embarco efectivo en posesión del título de Piloto Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General, una vez cumplido el requisito anterior, y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
5.- i.- Acreditar treinta y seis meses de embarco como Tripulante de Primera de Puente o Tripulante de la Guardia de Navegación, en naves de arqueo bruto igual o mayor de 1.000;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General, una vez cumplido el requisito anterior; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
e.- Para Capitán Costero Superior:
1.- Acreditar 24 meses de embarco en posesión del título de Capitán Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y,
3.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
f.- Para Capitán Costero:
1.- Acreditar 24 meses de embarco en posesión del título de Piloto Costero, desempeñando el cargo de Capitán, o como primer oficial de cubierta u oficial de guardia de navegación, de acuerdo a sus atribuciones;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
3.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
g.- Para Piloto Costero:
1.- i.- Aprobar una instrucción teDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 23
D.O. 18.11.2025órica básica de acuerdo a las materias, programas y curso que establezca la Dirección General;
DEFENSA
Art. único N° 23
D.O. 18.11.2025órica básica de acuerdo a las materias, programas y curso que establezca la Dirección General;
ii.- Cumplir tres meses de embarco, en calidad de aspirante a oficial; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
2.- i.- Acreditar dieciocho meses de embarco como Tripulante de Primera de Puente, o Tripulante de la Guardia de Navegación, o Tripulante General de Cubierta, en posesión del respectivo título, o como Patrón de Nave Menor, acreditando dieciocho meses de embarco en posesión del respectivo título, desempeñando el cargo de Patrón de naves mayores de 25 de arqueo bruto, y
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General, una vez cumplido el requisito anterior; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
h.- Para Tripulante de Primera de Puente:
1.- Acreditar 18 meses de embarco en naves mayores, en posesión del título de Tripulante de la Guardia de Navegación.
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
3.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
i.- Para Tripulante de la Guardia de Navegación:
1.- i.- Acreditar dos meses de embarcDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 24
D.O. 18.11.2025o en naves mayores, en posesión del título de Tripulante General de Cubierta;
DEFENSA
Art. único N° 24
D.O. 18.11.2025o en naves mayores, en posesión del título de Tripulante General de Cubierta;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
2.- i.- Poseer licencia de enseñanza media de una Escuela Técnico-Profesional del Estado o reconocida por este;
ii.- Cumplir dos meses de embarco, en calidad de aspirante a tripulante; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
j.- Para Tripulante General de Cubierta:
1.- i.- Aprobar una instrucción teóriDecreto 308,
DEFENSA
Art. único N° 25
D.O. 18.11.2025ca básica de acuerdo a las materias, programas y curso que establezca la Dirección General;
DEFENSA
Art. único N° 25
D.O. 18.11.2025ca básica de acuerdo a las materias, programas y curso que establezca la Dirección General;
ii.- Cumplir dos meses de embarco, en calidad de aspirante a tripulante; y
iii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia, o
2.- i.- Acreditar 12 meses de embarco en posesión del título de Patrón de Nave Menor, desempeñando el cargo de Patrón en naves menores de más de 25 de arqueo bruto; y
ii.- Aprobar la respectiva evaluación de competencia.
k.- Para Patrón de Nave Menor:
1.- i.- Aprobar una instrucción teórica básica de tres meses lectivos de duración;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
iii.- Aprobar la correspondiente examinación, o
2.- Para postulantes con el título de Tripulante de Primera de Puente, Tripulante de la Guardia de Navegación y de Tripulante General de Cubierta:
i.- Acreditar 12 meses de embarco en naves mayores;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
iii.- Aprobar la correspondiente examinación, o
3.- Para postulantes con el título de Tripulante de Cubierta de Nave Menor:
i.- Acreditar 18 meses de embarco en naves de arqueo bruto superior a 25;
ii.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
iii.- Aprobar la correspondiente examinación.
l.- Para Tripulante de Cubierta de Nave Menor:
1.- Aprobar una instrucción teórica básica de un mes lectivo de duración;
2.- Aprobar los cursos que establezca la Dirección General; y
3.- Aprobar la correspondiente examinación.