La presente ley modifica la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, incorporando dentro de los representantes ya existentes a un paleontólogo de la Sociedad Paleontológica de Chile como miembro dentro del Consejo de Monumentos Nacionales. Asimismo, se incorporan en el artículo 21 las definiciones de pieza paleontológica, como todo ser orgánico fosilizado conservado a través de los tiempos geológicos formando parte de rocas sedimentarias; y la de yacimiento paleontológico o paleoantropológico, como todo lugar donde existan restos de fauna o flora fósiles y restos humanos o de la industria humana, de épocas geológicas pretéritas.
    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales:
     
    1. En el inciso primero del artículo 2º:
     
    a. Reemplázase, en su letra u), la expresión final ", y" por un punto y coma.
    b. Sustitúyese, en su letra v), el punto y aparte por la expresión ", y".
    c. Agrégase una letra w), nueva, del siguiente tenor:
     
    "w) De un Paleontólogo designado por la Sociedad Paleontológica de Chile.".
     
    2. En el epígrafe del Título V, agrégase la frase "y Paleontológicos", después de la frase "De los Monumentos Arqueológicos".
     
    3. Agréganse, en el artículo 21, los siguientes incisos tercero y cuarto, nuevos:
     
    "Se entenderá por pieza paleontológica todo ser orgánico fosilizado conservado a través de los tiempos geológicos formando parte de rocas sedimentarias.
    Se entenderá por yacimiento paleontológico o paleoantropológico todo lugar donde existan restos de fauna o flora fósiles y restos humanos o de la industria humana, de épocas geológicas pretéritas.".".