Artículo 5º. Modifícase la resolución exenta Nº 1.144 de 2000, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba la norma técnica para el servicio público de telefonía móvil digital avanzado, en el siguiente sentido:
1. Reemplazar en el artículo 1º donde dice "1.710-1.770 MHz y 2.110-2.170 MHz" por "1.710-1.755 MHz y 2.110-2.155 MHz".
2. Eliminar en el inciso segundo del artículo 2º la siguiente oración: "Quedará reservada también para este servicio las bandas 1.755-1.770 MHz y 2.155-2.170 MHz.".