Artículo 66.- La Defensoría podrá, por propia iniciativa o a petición de cualquier persona o entidad interesada, informar al Ministerio de Hacienda propuestas de modificación a las normas de tributación fiscal interna, destinadas a solucionar problemas generales del ordenamiento tributario o asegurar la protección de los derechos de los contribuyentes.
    Las propuestas de modificación deberán estar respaldadas por un informe de la Defensoría, el que tendrá carácter público.
    El informe deberá contener un análisis jurídico detallado del problema identificado y la forma en que la modificación legal propuesta da respuesta al mismo.