Artículo 73.- La Defensoría determinará en conjunto con losLey 21713
Art. 7 N° 19
D.O. 24.10.2024 organismos señalados en el artículo 70 los temas a tratar en cada una de las reuniones. Por su parte, los contribuyentes podrán proponer a la Defensoría materias de discusión y análisis, quien podrá considerarlas para efectos de la elaboración de la tabla.
Art. 7 N° 19
D.O. 24.10.2024 organismos señalados en el artículo 70 los temas a tratar en cada una de las reuniones. Por su parte, los contribuyentes podrán proponer a la Defensoría materias de discusión y análisis, quien podrá considerarlas para efectos de la elaboración de la tabla.