Artículo quinto:Decreto 153 EXENTO,
CIENCIA
Art. primero N° 4
D.O. 30.12.2025 El Consejo contará con una Secretaría Ejecutiva compuesta por un/a funcionario/a del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que será designado por el presidente o presidenta del Consejo y tendrá las siguientes funciones:
CIENCIA
Art. primero N° 4
D.O. 30.12.2025 El Consejo contará con una Secretaría Ejecutiva compuesta por un/a funcionario/a del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que será designado por el presidente o presidenta del Consejo y tendrá las siguientes funciones:
a) Coordinar el apoyo de profesionales que se requiera.
b) Coordinar la entrega al Consejo de informes o insumos necesarios a sus labores.
c) Citar a sesiones ordinarias y extraordinarias por orden del Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
d) Participar en las sesiones del Consejo y levantar acta de éstas.
e) Poner las actas en conocimiento de los integrantes del Consejo.
f) Publicar las actas aprobadas por el Consejo.
g) Servir de instancia de nexo de comunicación entre el Consejo, la ANID y los distintos órganos de la Administración del Estado pertinentes.
h) Prestar a los integrantes del Consejo cualquier otro apoyo referido a materias propias que éste le encomiende.
i) Ejercer las demás labores que le encomienden los demás cuerpos normativos.
La entrega de medios materiales para el adecuado funcionamiento del Consejo, así como el apoyo de profesionales, dependerá de la disponibilidad presupuestaria del Ministerio de Ciencia.