Artículo 3: El personal para trabajar desde su domicilio deberá cumplir con un plan de trabajo acordado con su jefatura directa y utilizar las aplicaciones informáticas que indique el jefe del Departamento de Gestión Institucional, según se requiera. El jefe o jefa directa será responsable de hacer el respectivo control jerárquico que corresponda, para que se garantice la continuidad del servicio, con el estándar de calidad que opera la SMA. Para efectos del cumplimiento oportuno de este plan de trabajo se podrá requerir el uso de herramientas que faciliten el seguimiento de los compromisos acordados, las que serán de uso obligatorio en caso de que así se disponga.