OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A PACÍFICO CABLE SpA
Santiago, 23 de diciembre de 2019.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 267.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 53.248 de 11.04.2019, complementado mediante ingreso Subtel N° 92.137 de 04.07.2019.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, a la empresa Pacífico Cable SpA, RUT N° 96.722.400-6, con domicilio en Tucapel N° 2827, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, Región del Biobío, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar, trazados de fibra óptica, cuyas características se detallan a continuación:

2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar, ocho (8) Nodos Ópticos en las comunas de Conchalí, El Bosque, Lo Espejo, San Ramón, Puente Alto, Quilicura, Renca y La Pintana, en la Región Metropolitana de Santiago, cuyas ubicaciones se indican a continuación:

Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
3. La zona de servicio comprende el Territorio Nacional.
4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.
5. Los plazos para el inicio y término de obras e inicio de servicio, son los que se indican a continuación:

6. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.