OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS HERNÁN GONZÁLEZ GARRIDO E.I.R.L.
    Santiago, 14 de agosto de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 138.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) Resolución exenta N°517 de 2001, de esta Subsecretaría, que Fija Norma Técnica para el Uso de la Banda de Frecuencias 5.725 -5.850 MHz y sus modificaciones posteriores.
    e) La resolución exenta N° 1.558 de 2008, que Fija Norma Técnica para el Uso de la banda de frecuencias 5.250 - 5.350 MHz y 5.470 - 5.725 MHz, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N°166.761 de 15.12.2017, complementado por ingresos Subtel N°36.580 de 15.03.2018, N°37.234 de 16.03.2018 y N°51.633 de 12.04.2018.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
     
    Decreto:

     
    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la sociedad Telecomunicaciones y Servicios Hernán González Garrido E.I.R.L., RUT Nº 76.786.583-K, con domicilio en Club Santa Filomena N°2115, comuna de Buin, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar enlaces punto a multipunto, cuyas características se indican a continuación:
     
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    Para la Región Metropolitana de Santiago:
     
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    Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
    La zona de servicio comprende la Comuna de Buin, de la Región Metropolitana de Santiago.
    2. Los plazos para el inicio y término de obras e inicio de servicio, son los que se indican a continuación:
     
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    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. La presente autorización debe entenderse sin perjuicio de la aplicación al caso de la normativa de Vivienda y Urbanismo correspondiente y vigente al momento del presente acto administrativo.
    5. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que autorice la concesión solicitada.
    6. Las concesionarias que utilicen las bandas 5.250 - 5.350 MHz, 5.470 - 5.725 MHz, y 5.725 - 5.850 MHz, las compartirán sin reclamar protección contra interferencia que produzcan otros usuarios de esta banda, debidamente autorizados.
    7. Las transmisiones de los equipos de radiocomunicaciones autorizados no deben causar interferencia a los equipos de cobro electrónico automático de peaje que operan en la banda de 5.795 - 5.815 MHz, los que tendrán prioridad independientemente de la fecha de instalación. Por lo tanto, quien provoque interferencias al sistema de cobro electrónico automático de peaje, deberá suspender inmediatamente sus transmisiones hasta subsanar dicha situación, informando a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    8. En caso de eventuales interferencias entre equipos de radiocomunicación autorizados, las respectivas concesionarias deberán coordinarse, directamente entre ellas, para efectos de eliminarlas, informando del resultado a la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.