MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 2.347 EXENTA DE SEREMI METROPOLITANA DE V. Y U. DE 2019, EN EL SENTIDO QUE INDICA, ASÍGNASE RECURSOS PARA LA REGIÓN METROPOLITANA Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL LLAMADO REGIONAL 2019 PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR PARA VIVIENDAS DEL SECTOR BAJOS DE MENA, COMUNA DE PUENTE ALTO, REGIÓN METROPOLITANA

     
    Núm. 570 exenta.- Santiago, 23 de marzo de 2020.
     
    Visto:
     
    1. El DS Nº 255 (V. y U.). de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
    2. La resolución exenta Nº 152 (V. y U.), de fecha 21 de enero de 2019, y sus modificaciones, se autorizan los llamados a postulación para subsidios habitacionales en los sistemas y Programas que se indican en el citado acto administrativo.
    3. La resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, actualizada al 29 de diciembre de 2009, se fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica a los Programas de Vivienda que indica, y se deroga la resolución Nº 241 (V. y U.), de 1996.
    4. La resolución exenta Nº 8.310, de fecha 16 de octubre de 2012, de esta Secretaría Ministerial, se establece como zona prioritaria y se seleccionan los Conjuntos Habitacionales de la comuna de Puente Alto que se señalan, para el desarrollo del Programa de Recuperación de Condominios Sociales, Segunda Oportunidad.
    5. Las circulares Nº 1 y N° 5, de fechas 22 de enero de 2019 y 3 de abril de 2019, respectivamente, ambas de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, se fija el Programa Habitacional correspondiente al año 2019.
    6. La Circular Nº 26, de fecha 9 de octubre de 2019, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, se modifican las metas del Programa Habitacional correspondiente al año 2019.
    7. El oficio Nº 622, de fecha 13 de agosto de 2019, de la Gobernadora Provincial de Cordillera, se hace presente a esta Secretaría Ministerial, la necesidad de evaluar la factibilidad de disponer recursos para financiar proyectos de mejoramiento de viviendas unifamiliares, a través del Programa de Protección de Patrimonio Familiar, en el sector de Bajos de Mena; para continuar mejorando la calidad de la habitabilidad de las familias de la comuna de Puente Alto.
    8. El oficio Nº 3.307, de fecha 8 de julio de 2019, de esta Secretaría Ministerial, se solicita al Ministro de Vivienda y Urbanismo, autorización para efectuar un Llamado Especial Regional del Título II, del Programa de Protección de Patrimonio Familiar, en el sector de Bajos de Mena, vivienda unifamiliar, de la comuna de Puente Alto.
    9. El oficio Nº 306, de fecha 11 de septiembre de 2019, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, autoriza a esta Secretaría Ministerial a efectuar el Llamado Regional del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en las condiciones que indica, para proyectos del Título II, focalizado en viviendas unifamiliares del sector de Bajos de Mena de la comuna de Puente Alto.
    10. La resolución exenta Nº 2.347, de fecha 24 de septiembre de 2019, de esta Secretaría Ministerial, llamó a postulación regional 2019, para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para viviendas del sector de Bajos de Mena, de la comuna de Puente Alto, en conformidad a las condiciones autorizadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    11. La necesidad de efectuar cambios a la resolución exenta señalada en el Visto 10. precedente, en el sentido de reemplazar el cuadro de recursos asociados a este llamado a concurso, a fin de propender a la asignación de la mayor cantidad de subsidios a los proyectos postulados, en atención a los resultados de la calificación de los proyectos por Serviu Metropolitano.
    12. El correo electrónico de fecha 13 de marzo 2020 de la jefa del Subdepartamento de Subsidios para mejoramiento de viviendas y entorno de Serviu Metropolitano, Marcela Barrera L., que informa el número de familias digitadas y aprobadas en el sistema, junto con los montos de los 5 proyectos posibles de seleccionar en el llamado regional 2019 del PPPF regular Título II para viviendas unifamiliares en Bajos de Mena, comuna de Puente Alto.
    13. Las facultades que me confieren el DS Nº 397 (V. y U.) de 1976 que fija el Reglamento de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo y el DS Nº 41 (V. y U.) del 18 de diciembre de 2019, que nombra al infrascrito como Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo a partir del 29 de noviembre de 2019.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Artículo 27 del DS Nº 255 (V. y U.). de 2006, delega a los Seremi la facultad de seleccionar, mediante resolución, en atención al financiamiento disponible y a los factores de puntaje señalados en el Resuelvo 8, del Visto 10 de la presente, a aquellos proyectos que postulen al presente llamado y resulten calificados por Serviu Metropolitano.
    2. Que, se ha procedido con el llamado regional 2019 para el desarrollo de proyectos del Título II, mejoramiento de la vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para viviendas del sector de Bajos de Mena, Comuna de Puente Alto, acorde a las condiciones autorizadas por el Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    3. Que, habiéndose realizado el proceso de evaluación y calificación de los proyectos postulados al llamado regional en condiciones especiales, para la atención del sector de Bajos de Mena 2019, por el Serviu Metropolitano, éste ha emitido y remitido a esta Secretaría Ministerial, la nómina actualizada de proyectos y postulantes hábiles para los efectos de la elaboración de la presente resolución exenta.
    4. La necesidad de efectuar cambios a la resolución exenta señalada en el Visto 10. precedente, en el sentido de reemplazar el cuadro de recursos asociados a este llamado a concurso a fin de propender a la asignación de la mayor cantidad de subsidios a los proyectos postulados, en atención a los resultados de la calificación de los proyectos por Serviu Metropolitano.
    5. Que, de acuerdo a lo establecido en la resolución que norma el presente llamado especial, citada en el Visto 10 de la presente, dado la demanda de proyectos es mayor a la cantidad de recursos disponibles, se requiere aplicar factores regionales de puntaje, dicto lo siguiente:
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 2.347 de esta Secretaría Ministerial, año 2019, citada en el Visto 10, en los siguientes sentidos:
     
    1.1. Reemplázase el cuadro señalado en el Resuelvo Nº 4, por el siguiente:
     
   
     
    2. Asígnase recursos para la selección de proyectos del llamado regional en condiciones especiales 2019, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, para viviendas del sector de Bajos de Mena, de la comuna de Puente Alto, para el financiamiento de subsidios y Asistencia Técnica, de Proyectos del Título II, según la distribución que se señala en el siguiente cuadro:
     
   
     
    3. Fíjase el número de postulantes seleccionados por proyecto indicado del sector de Bajos de Mena de la comuna de Puente Alto, de acuerdo a lo señalado en la tabla que se indica a continuación, en base a las condiciones especiales establecidas en el presente llamado.
     
   
     
    4. Apruébanse las nóminas de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al llamado regional en condiciones especiales 2019, para viviendas del sector de Bajos de Mena de la comuna de Puente Alto, de acuerdo a lo señalado en los Resuelvo Nºs 1, 5 y 6, de la resolución exenta que se singulariza en el Considerando Nº 9., las cuales se adjuntan y se entenderá que forman parte de la presente resolución exenta.
    5. Impútase el monto total de 34.237,50 Unidades de Fomento, asignado en el Resuelvo 1, de esta resolución exenta, a los recursos autorizados a la Región Metropolitana para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar del año 2019, del cual 32.630,0 Unidades de Fomento corresponden al subsidio directo y 1.607,5 Unidades de Fomento a la Asistencia Técnica.
    6. Publíquese en un periódico de circulación regional, sin perjuicio de la ulterior publicación en el Diario Oficial, un aviso que indique lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, adjuntos a la presente resolución exenta, las que deberán contener a lo menos la comuna, identificación del proyecto, nombre y cédula nacional de identidad de la persona postulante seleccionada.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Manuel José Errázuriz Tagle, Secretario Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo.