1.- Modifíquese la resolución exenta Nº 8.668 de fecha 19 de marzo de 2020 de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud que aprobó el protocolo de seguridad sanitaria para lugares de trabajo en base a lo siguiente:
     
    Donde dice:
     
    "Transporte de personal:
    Realizar desinfección del medio de transporte cada vez que se realice transporte de trabajadores y evitar que todos los asientos están ocupados, manteniendo una distancia de un metro entre pasajeros."
     
    Pasa a decir:
     
    Transporte de personal:
    La empresa debe realizar desinfección del medio de transporte cada vez que se realice transporte de trabajadores, los vehículos de transporte de pasajeros de las empresas o industrias sólo podrán transportar la mitad de los pasajeros respecto a la capacidad establecida por el fabricante del vehículo de pasajeros sentados, los que deberán distribuirse homogéneamente en los asientos disponibles, dejando siempre a lo menos un asiento vacío entre ellos, respetando la medida de distanciamiento social, indicada en protocolos de prevención de contagio COVID-19. Asimismo todos los pasajeros y el conductor deberán utilizar mascarillas, durante todo el trayecto, debiendo ser reemplazada, en caso de humedecerse. El conductor, deberá reemplazar su mascarilla cada 3 horas."
     
    Que asimismo se actualiza la definición de caso sospechoso, el cual se incluyó en el protocolo de seguridad sanitaria contenida en la resolución 8.668 ya señalada, de acuerdo a lo siguiente:
     
    Definición de casos sospechosos:
     
    - Viajeros: personas con enfermedad respiratoria aguda con fiebre o al menos un síntoma de enfermedad respiratoria y que tenga una historia de viaje a un país o territorio con transmisión local.
    - Contactos: paciente con cualquier infección respiratoria aguda y que haya tenido contacto con un caso confirmado o sospechoso.
    - Circulación local: paciente con infección respiratoria aguda que sea residente o esté de paso en una región con circulación comunitaria y que tenga fiebre (37,8º C) y alguno de estos síntomas: odinofagia, tos, mialgias o disnea.
    - Vigilancia: paciente con infección respiratoria aguda grave que requiera hospitalización.
     
    Caso probable.
    Caso sospechoso donde el análisis por PCR para COVID-19 no es concluyente.
    Caso confirmado.
    Caso sospechoso que dio positivo al examen de COVID-19.
     
    2.- Manténgase vigente en todo lo demás la resolución exenta Nº 8.668 de 2020.
    3.- Notifíquese la presente resolución de la forma legal y por los medios más expeditos, incluyendo medios digitales.