Mediante resolución exenta Nº 1.628, de 23.04.2020, del Director Nacional de Aduanas, se modificó la resolución exenta Nº 1.179, de 18.03.2020, del mismo origen, autorizándose la celebración de las audiencias a que refiere el numeral 2.3.1.7 del Capítulo III del Manual de Pagos, mediante videoconferencia u otro método digital equivalente, con las prevenciones que se indican.
    El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas (www.aduana.cl).-