APRUEBA SELECCIÓN DE PROYECTO HABITACIONAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL REGULADO POR EL D.S. N°19 (V. Y U.), DE 2016, EN TERRENO DE PROPIEDAD SERVIU DE LA REGIÓN DE ATACAMA, SECTOR PUNTA NEGRA SUR, COMUNA DE COPIAPÓ

    Núm. 115 exenta.-  Copiapó, 24 de abril de 2020.
     
    Vistos:
     
    a) La ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
    b) La Ley Nº16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    c) El decreto ley Nº1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    d) El decreto supremo Nº397 (V. y U.), de 1976, que fija Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales  y sus facultades;
    e) El decreto supremo Nº19 (V. y U.), de 2016, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial y sus modificaciones;
    f) La resolución exenta Nº529 (V. y U.), de fecha 8 de febrero de 2019, que modifica la resolución exenta Nº152 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 2019, que autorizó realizar llamados y/o comprometer recursos en el otorgamiento de certificados de subsidio habitacional durante el año 2019, para los Sistemas y Programas Habitacionales que allí se señalan, entre otros, los destinados al programa regulado por el DS Nº19 (V. y U.), de 2016, fijándose el monto de recursos que se destinarán para los efectos señalados;
    g) La resolución exenta Nº 2.727, de fecha 2 de diciembre de 2019, del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, que "Autoriza la aplicación del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y la realización del llamado a presentación de proyectos en terrenos de propiedad del Serviu, Región de Atacama";
    h) La resolución exenta N° 438, de fecha 4 de diciembre de 2019, de la Seremi Minvu Región de Atacama, que Llama a Presentación de Proyectos Habitacionales, para el Programa de Integración y Territorial, Sector Punta Negra Sur, comuna de Copiapó.
    i) La resolución exenta N° 244, de fecha 5 de julio de 2019, de la Seremi Minvu Región de Atacama, que designa comisión evaluadora de proyectos habitacionales regulados por el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, para Proyectos de Integración Social y Territorial;
    j) La resolución exenta Nº 1.928, de fecha 5 de julio de 2019, del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Atacama, que designa comisión evaluadora de proyectos habitacionales regulados por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, para Proyectos de Integración Social y Territorial;
    c) Lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, emitida por la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) La resolución TRA N° 1.263, de 15 de diciembre de 2018, en relación a lo dispuesto en el decreto exento N° 152, de fecha 3 de diciembre de 2014 y publicado en el D.O. con fecha 06.12.2014, ambos de Vivienda y Urbanismo.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Llamado dispuesto en la resolución exenta N° 438 de 2019, de la Seremi Minvu Atacama, establecía como fecha máxima para presentar proyectos a postulación el día 31 de marzo de 2020.
    2. Que, en el período comprendido entre la publicación de la resolución exenta señalada en el número anterior y el 31 de marzo del año 2020, se presentaron diversos proyectos para su respectiva evaluación.
    3. La revisión, evaluación, aprobación y selección de los proyectos, se efectuaron de acuerdo a lo señalado en el DS N° 19, en su Artículo 10°, Condiciones que deben cumplir los proyectos habitacionales, Artículo 11°, Factores y Puntajes de Evaluación, Artículo 12°, Revisión y Aprobación de los Proyectos Habitacionales, y Artículo 13°, Selección de los Proyectos Habitacionales, considerando también los criterios especiales definidos en la resolución exenta N° 438, de fecha 4 de diciembre de 2019, de la Secretaría Regional Minvu Región de Atacama.
    4. Lo establecido en los artículos 2° y 12° del DS N° 19 (V. y U.), de 2016, la Comisión Evaluadora se constituyó para calificar los proyectos presentados en el llamado dispuesto en la resolución exenta N° 438/2019 de la Seremi Minvu Atacama, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplen con los aspectos señalados como "Mínimo Esperado", y que obtuvieron un puntaje de 200 puntos o más, para que participen del proceso de selección del Programa de Integración Social y Territorial.
    5. Que, de todos los proyectos presentados a postulación, la Comisión Evaluadora seleccionó uno de ellos.
     
    Resolución:

     
    1. Apruébese la selección del proyecto denominado "Condominio Lirios del Campo", Código 157549, presentado por la Constructora Pacal S.A. III Región, RUT 84.439.900-6, como Proyecto de Integración Social Territorial a ejecutar, por cumplir con las exigencias establecidas en el DS N° 19 (V. y U.), de 2016, y en la resolución exenta N° 438, de fecha 4 de diciembre de 2019, de la Seremi Minvu Atacama, proyecto que se individualiza en el siguiente recuadro:
     
   
     
    2. Dispóngase una lista de espera con los 4 proyectos "Elegibles" que resultaron con un puntaje inferior al seleccionado indicado en el resuelvo 1, cuya vigencia será de 180 días, a partir de la total tramitación de la presente resolución, posterior a los cuales, los proyectos que se encuentren en dicha situación, serán eliminados del concurso definitivamente.
     
   
     
    3. La Entidad Desarrolladora tendrá un plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la total tramitación de la presente resolución, es decir, su publicación en el Diario Oficial, para suscribir convenio con Serviu Región de Atacama, el que señalará las condiciones y plazos establecidos en el artículo 14° del DS N° 19 y aquellos que se definan para la entrega del terreno de acuerdo a la resolución exenta N° 438, de fecha 4 de diciembre de 2019, de la Seremi Minvu Atacama.
    4. La Entidad Desarrolladora contará con un plazo de veinticuatro (24) meses para la Recepción Definitiva Municipal del proyecto, contado desde el primer día del mes siguiente al de la fecha de inicio de las obras.
    5. El proyecto deberá mantener todas las condiciones técnicas y de diseño presentadas por la Entidad Desarrolladora Constructora Pacal S.A. III Región, aprobadas por la Comisión Evaluadora y que fueron consideradas para la presente selección. En caso de alguna modificación, esta deberá ser informada al Serviu Región de Atacama, para su aprobación si corresponde.
     
    Anótese, publíquese y archívese.- Rocío Díaz Gómez, Secretaria Regional Ministerial (S) Región de Atacama.