Artículo 1°.- Toda persona que transite o se encuentre en lugares de uso público de la Comuna de Ollagüe, deberá usar obligatoriamente una mascarilla que proteja su nariz y boca. La misma, deberá colocarse minuciosamente, para que cubra nariz y boca con el objetivo de no dejar espacios de separación entre la mascarilla y la cara.
    La mascarilla podrá ser de cualquier material que contenga eficientemente la expulsión y absorción de partículas aéreas de saliva por parte del portador de la mascarilla. Así mismo se podrán usar otros dispositivos nasobucales que protejan nariz y boca y que cumplan con el principio antes establecido.