I. Apruébase la siguiente Ordenanza Municipal sobre uso de mascarillas en los espacios públicos de la comuna de Viña del Mar:
Artículo 1º: Toda persona que transite o se encuentre en lugares de uso público de la comuna de Viña del Mar, deberá usar obligatoriamente una mascarilla que proteja su nariz y boca.
La mascarilla podrá ser de cualquier material que sea apto para proteger tanto al que la usa como a quien se encuentre en su proximidad, evitando la inhalación de posibles agentes patógenos o tóxicos.
Artículo 2º: La obligación establecida en el artículo 1º se establece sin perjuicio de las demás medidas decretadas por la autoridad sanitaria en la protección contra la propagación del virus COVID-19, y se entiende como medida complementaria a las mismas, tales como el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social, las restricciones de desplazamiento y otras que la autoridad sanitaria determine.
Artículo 3º: La medida antes establecida regirá mientras se mantenga vigente el decreto Nº 104, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, o hasta que la Municipalidad así lo determine, en razón de que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión o supresión.
Artículo 4º: La infracción a lo establecido en el artículo 1º de esta Ordenanza podrá ser sancionada con multa de hasta tres Unidades Tributarias Mensuales.
Artículo 5º: La fiscalización de esta Ordenanza será realizada por Inspectores Municipales y Carabineros de Chile.