Artículo cuarto. Informes semanales y elaboración de informe consolidado del Programa de Fiscalización. Los organismos sectoriales que participan en la ejecución del programa, deberán remitir semanalmente un reporte de los resultados de la fiscalización de las medidas aplicadas durante el período de Gestión de Episodios Críticos a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo al formato que se establezca.
Con la información antes señalada, la Superintendencia del Medio Ambiente elaborará un informe consolidado sobre la ejecución del Programa de Fiscalización, el que se pondrá a disposición del público en general en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), antes del 1 de noviembre de 2020.