DISPONE NUEVAS MEDIDAS DE FACILITACIÓN EN EL CONTEXTO DEL BROTE DE COVID-19
Mediante resolución exenta Nº 1.556, de 17.04.2020, del Director Nacional de Aduanas, se modificó la resolución exenta Nº 1.179, de 18.03.2020, del mismo origen, otorgando un nuevo plazo a los despachadores para obtener los B/L originales de parte de sus emisores; autorizando a los Agentes de Aduana a confeccionar las declaraciones de ingreso en base a una copia no negociable del conocimiento de embarque, enviada por correo electrónico; e instruyendo a los Directores Regionales y Administradores de Aduana, para que consideren que los incumplimientos que detecten, respecto del plazo que se indica, ocurridos con ocasión del brote viral, se encuentran amparados por un caso fortuito, y se rebaje o exima del recargo del artículo 154 de la Ordenanza de Aduanas, de la forma que detalla.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas (www.aduana.cl).-
José Ignacio Palma Sotomayor, Director Nacional de Aduanas.